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Resolución

Resolución 3230

DEL P.E. DANDO DERECHO DE OCUPACION AL SEÑOR THEO. REINEKE Y SUS ASOCIADOS, POR 30 AÑOS, DE UNA SUPERFICIE DE TERRENO DE 31.622 METROS CUADRADOS, 745 MILESIMOS HACIA LA PARTE SUR DE LA "CIUDAD NUEVA"

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
22 ago de 1892fecha
Otrastipo
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 3230.—RESOLUCION del P. E. dando derecho de ocupación al Señor Theo. Reinecke y sus asociados, por 30 años, de una superficie de terreno de 31.622 metros cuadrados, 745 milésimos hácia la parte Sur de la "Ciudad Nueva". Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—Manuel María Gautier.—Vice-Presidente Constitucional de la República, en ejercicio de la Presidencia. Por cuanto el señor Theo. Reinecke se ha dirigido al Poder Ejecutivo en 26 de Julio último, en su nombre y en el de sus asociados, solicitando se le ponga en posesión del terreno que á título precario les concediera el Gobierno en 16 de Marzo del corriente año para la construcción de un hotel, jardines, paseos, etc., conforme al plano sometido al Gobierno y depositado en el Archivo del Ministerio de Fomento y Obras Públicas; Oído el parecer del Consejo de Secretarios de Estado, RESUELVE: 1° El señor Theo. Reinecke y sus asociados, tendrán derecho á ocupar por treinta años una superficie de terreno de 31.622 metros cuadrados 745 milésimos hácia la parte Sur de la "Ciudad Nueva", dejando un margen hacia el mar de 20 metros de ancho por 259 metros 70 centímetros de largo. § Este espacio de terreno que forma la zona marítima, será convertido en un expléndido paseo, por cuenta de los peticionarios. 2° El espacio de terreno que ocupe el Hotel y su jardín será otorgado á los peticionarios en absoluta propiedad tan pronto se lleven á cabo las obras demarcadas en el plano. 3° Quedan autorizados los peticionarios á cercar el terreno comprendido en el plano para evitar perjuicios de parte de los animales, pero quedará siempre abierto al público. 4º Las obras deberán dar principio dentro de seis meses y quedarán terminadas dentro de diez y ocho meses á partir de esta fecha. 5º Las obras deberán ejecutarse conforme al plano archivado en el Ministerio de Fomento, y en caso de que los peticionarios deseen introducir en él alguna modificación esencial, deberán solicitar del Gobierno la autorización correspondiente. 6º El ciudadano Ministro de Fomento y Obras Públicas, velará por el exacto cumplimiento de esta Resolución. Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 22 días del mes de Agosto de 1892; año 49 de la Independencia y 30 de la Restauración. M. M. GAUTIER. Refrendado: El Ministro de Fomento y Obras Públicas, interino.—Ignacio M. González.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona