Texto de la norma
Núm. 3139.—RESOLUCION del C. N. agregando á la contribución municipal del Ayuntamiento de Baní, denominada "Derecho de Puerto", un impuesto más á ciertos artículos.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional.—En nombre de la República.
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CCION DE LEYES, DECRETOS &.-.11892.
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Resolucidn que en fecha 19 d~ Septiembre del aiiq
pr6ximo pasado dictd el Ilustre Ayuntamimto de ia ComSln de
Bani, con la denominacicin de Derecho dc. Puerts. nara cubrir el
de cuatrocientos pesos que ocasionara la grrii sequia por-
raves6 aquella localidad, asi como la reclamacicin .de las
Salinas d? Puerto Hermoso;
Considerando: Que la introduccidn c!e cconcmias en el Pre-
supuesto vigente es imposible, por cuants +aria ilusorios 10s be-
neficios piiblicos a que estan destinadat; las actudes erogacio-
nes ;
Considerando : Que gravados 10s productos ae varias in-
dustrias no’hay razdn alguna’para que no lo est611 sus similares,
RESUELVE :
Art. 1” Agregar a la cohtribucih. MuniciPrl denominada
“Derecho de Puerto”, el impuesto siguiente :
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A1 ron, por cada galdn que se embarquc por 10s pgertos de
la Comun, 112 centavo.
Dada en el Palacio Nacional de Sando Domingo,
A las habichuelas, ‘por cada quintal. 5 centrvos.
A la caoba, por cada millar,de piks, $1.
A1 g u a y d n , campeche, mora y demk maderas de tinte,
por cada tonelada, 25 centavos.
Art. 29 Despuks de cubierto el dkfkit que motiva el preci-
tad0 impuesto, la Corporacidn Municipal destinhra su produci-
do en beneficio de la instrucci6n publica.
Art. 20 Enviese a1 Poder Ejecutivo para su promulgacih.
Dada en la sala de sesiones del Congrcso National, a lw 8
dias del mes de Abril de 1892; aiio 49 de la Indcpendencia y 29
de la Restauracidn.
El Preside&.-Luis
T. del Castil1o.-hs
derstarios.-M.
J. Jimenez.-J.
A. Noboa. .
EjecGtese, comuniquese por la ’Secretaria correspondiente,
publicandose en todo el territorio de la Reptlblica para ‘su cum-
-&.
Capital
de la Rep~ibka, 0 las 11 dirrs del mes de Abril de 1892; aiio 49
de la Independencia y 29 de IC -.
El Vice-Presidente de la Repfiblica, em ej&&
de kt FF~-
sideneia.-M.
M. Gautier.
Refrendado : El Ministro de- Hacienda y Camercio.-SAn-
chez.
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