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Resolución

Resolución 3332

DEL P.E. AUTORIZANDO AL SR. CASIMIRO RODRIGUEZ PARA QUE PUEDA CONTRAER MATRIMONIO CON SU CUÑADA CATALINA GARCIA.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
5 sept de 1893fecha
Otrastipo
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 3332.—RESOLUCION del P. E. autorizando al Sr Casimiro Rodríguez para que pueda contraer matrimonio con su cuñada Catalina García. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—Ulises Heureaux.—General de División en Jefe del Ejército Nacional. Pacificador de la Patria y Presidente Constitucional de la República. En atención á la solicitud que por órgano del ciudadano Procurador Fiscal de la Provincia de Santiago dirije al Poder Ejecutivo el ciudadano Casimiro Rodríguez, mayor de edad, del domicilio y residencia de Hato del Yaque, común de Santiago, pidiendo se le conceda la autorización á que se refiere el artículo 164 del Código Civil, para contraer matrimonio con su cuñada la señorita Catalina García, por hallarse en el caso previsto por el artículo 162 del mismo Código, y Considerando: que vienen en apoyo de la solicitud causas graves que expone el solicitante, RESUELVE: Conceder la autorización solicitada por el ciudadano Casimiro Rodríguez, para que pueda contraer matrimonio con su cuñada la señorita Catalina García. Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 5 días del mes de Setiembre de 1893; año 50 de la Independencia y 31 de la Restauración. U. HEUREAUX. Refrendada: El Secretario de Estado en los Despachos de Justicia é Instruccion Pública, interino.—P. A. Lluberes.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona