Texto de la norma
Núm. 3296.—RESOLUCION del C. N. declarando que el General Pedro A. Lluberes está en el pleno derecho de demoler, á su provecho, las ruinas que existen en terrenos del Estado que fueron dados por este Alto Cuerpo al Gral. Luis F. Dujarric y que éste vendió al expresado Gral. Lluberes.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional.—En nombre de la República.
Vista la instancia elevada á este Alto Cuerpo por el ciudadano Pedro A. Lluberes, en la cual instancia pide autorización para demoler las ruinas del Estado existentes en un área de terrenos que compró al General Luis F. Dujarric, á quien fué cedida en propiedad y á título gratuito esa área de terrenos por resolución de este mismo Alto Cuerpo en su Legislatura ordinaria del año 1892;
Vista el acta de la sesión de este Alto Cuerpo, de fecha 30 de Marzo del año 1892, en cuya sesión se acordó al General Dujarric la propiedad de esa área de terrenos;
Considerando: que el Congreso Nacional no hizo restricción ni salvedad algunas al hacer donación de esa área de terreno al mencionado General Dujarric, y que lo accesorio sigue la suerte y condición de lo principal,
RESUELVE:
Art. 1º Declarar que el General Pedro A. Lluberes, 6 sus causa-habientes, están en el pleno derecho de demoler, á su provecho, las ruinas existentes en los terrenos del Estado que fueron otorgados por el Congreso Nacional en fecha 30 de Marzo del año 1882 al Gral. Dujarric.
Art. 2º La presente Resolución sera enviada al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Dada en la sala de sesiones del Congreso Nacional, á los 13 días del mes de Junio de 1893; año 50 de la Independencia y 30 de la Restauración.
El Presidente.—Enrique Henríquez.—Los Secretarios.—Pedro A. Pérez.—J. Morales Bernal.
Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento.
Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de
la República, el día 20 del mes de Junio de 1893; año 50 de la Independencia y 30 de la Restauración.
El Presidente de la República,
U. HEUREAUX.
Refrendado: El Ministro de Fomento y Obras Públicas.—Teófilo Cordero y Bidó.
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