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Resolución

Resolución 3277

DEL C.N. APROBANDO EL CONTRATO DE EMPRESTITO POR $255,500 PLATA CORRIENTE CELEBRADO ENTRE EL MINISTRO DE HACIENDA ETC. EN REPRESENTACION DEL GOBIERNO, Y EL SR. DR. C.J. DEN TEX BONT, REPRESENTANTE DE GOBIERNO Y EL SR. DR. C. J. DEN TEX BONT,REPRESENTANTE DE LA "SAN DOMINGO IMPROVEMET COMPANY OF NEW YORK"

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
25 may de 1893fecha
Préstamo o financiamientotipo
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Sr. Dr. C. J. den Tex Bont

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
Núm. 3277.—RESOLUCION del C. N. aprobando el contrato de empréstito por $ 255,500 plata corriente celebrado entre el Ministro de Hacienda etc. en representación del Gobierno, y el Sr. Dr. C. J. den Tex Bont, representante de la "San Domingo Improvemet Company of New York". Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional.—En nombre de la República. Visto el contrato de empréstito celebrado entre el Poder Ejecutivo, representado por el ciudadano Pedro A. Lluberes, Ministro de lo Interior etc., encargado de las Carteras de Hacienda y Comercio; y la "San Domingo Improvement Company of New York," representada por el señor Doctor C. J. del Tex Bont; contrato que ha sido firmado en 23 de los corrientes y que se halla contenido en las siguientes cláusulas: 1º El señor Doctor C. J. den Tex Bont, con las cualidades dichas, declara que presta al Gobierno de la República Dominicana la cantidad de doscientos cincuenta y cinco mil quinientos pesos en plata corriente, en la forma siguiente: Setenticinco mil pesos oro, ó sean noventisiete mil quinientos pesos mejicanos, en giros á noventa días vista, cuya cantidad destina el Gobierno Dominicano al pago del armamento que tiene encargado al extranjero; Setentiocho mil pesos mejicanos, en efectivo y al contado, destinados para cubrir gastos extraordinarios de guerra, ya efectuados y pendientes de pago: Ochenta mil pesos mejicanos, que se pagarán por octavas partes mensualmente, esto es, Diez mil

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona