viernes, 16 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
InstitucionesQuién dirigeSolicitudesCongresoJusticiaCasosElecciones
Resolución

Resolución 3199

APROBANDO LA CONCESION POR EL P.E. EN FAVOR DEL SR. MANUEL M. CASTILLO, PARA ESTABLECER UN FERROCARRIL DE COLON A SAN FRANCISCO DE MACORIS.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
23 jun de 1892fecha
Concesióntipo
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Manuel M. Castillo (persona)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
Núm. 3199.—RESOLUCION del C. N. aprobando la concesión otorgada por el P. E. en favor del Sr. Manuel M. Castillo, para establecer un ferrocarril de Colón á San Francisco de Macorís. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional.—En nombre de la República.—Declarada la urgencia. Vista la concesión otorgada por el Poder Ejecutivo en favor del señor Manuel M. Castillo, para el establecimiento de una vía férrea que ponga á San Francisco de Macorís (1) en conección con la línea férrea de Sánchez; Considerando: Que San Francisco de Macorís es una de las comunes que más asegurada tiene su vida, por los múltiples elementos de riqueza pública que están en perfecto desarrollo; Considerando: Que una vía de comunicación, no solamente facilita los medios del trasporte, sino que contribuye al adelanto agrícola é industrial, RESUELVE: Art. 1º Se acepta en todas sus partes la concesión con privilegio que otorgó el Poder Ejecutivo, en favor del Señor Manuel M. Castillo, para el establecimiento de una vía férrea entre Colón y Macorís. Art. 2º Envíese al Poder Ejecutivo para su promulgación. Dada en la sala de sesiones del Congreso Nacional, á los 20 días del mes de Junio de 1892; año 49 de la Independencia y 29 de la Restauración. El Presidente.—J. M. Molina.— Los Secretarios.—A. Andreu.—Natalio Redondo. Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento. Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 23 días del mes de Junio de 1892; año 49 de la Independencia y 29 de la Restauración. El Presidente de la República, U. HEUREAUX. Refrendado: El Ministro de Fomento y Obras Públicas.—Teófilo Cordero y Bidó. (1) V. núm. 3169.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Instituciones y poderes

Todas las secciones →
  • InstitucionesCuánto compra cada una, a quién y sus señales
  • Quién dirige cada instituciónMinistros, directores y superintendentes, con su decreto
  • Solicitudes de informaciónQué pide la ciudadanía a cada institución y cómo responde
  • JusticiaDecisiones de las altas cortes con el Estado como parte
  • Casos en los tribunalesFuncionarios imputados, próxima audiencia y cobertura
  • EleccionesCandidaturas, electos y quién ocupa cada cargo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona