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Resolución

Resolución 3196

ACEPTAMIENTO EN TODAS SUS PARTES LA CONSECION OTORGADA POR EL P.E. AL SR. PEDRO PEPIN PARA EL ESTACIONAMIENTO URBANO Y RURAL EN LA CIUDAD DE SANTIAGO DE LOS CABALLEROS.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
22 jun de 1892fecha
Otrastipo
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 3196.—RESOLUCION del C. N. aceptando en todas sus partes la concesión otorgada por el P. E. al Sr. Pedro Pepín para el establecimiento de un tranvía urbano y rural en la ciudad de Santiago de los Caballeros. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional.—En nombre de la República.—Declarada la urgencia, Vista la concesión otorgada por el Poder Ejecutivo, en favor del señor Pedro Pepin, para el establecimiento de un tranvía urbano y rural en la población de Santiago; Considerando: Que la poblacion de Santiago, dado su ensanche y el progreso que en todas sus manifestaciones se desarrolla en aquella localidad, exige una via de comunicación que responda á sus más perentorias necesidades, RESUELVE: Art. 1º Se acepta en todas sus partes la concesión otorgada por el Poder Ejecutivo en favor del señor Pedro Pepín, (1) para el establecimiento de un tranvía urbano y rural en Santiago de los Caballeros. Art. 2º Envíese al Poder Ejecutivo para su cumplimiento. Dada en la sala de sesiones del Congreso Nacional, el 20 de Junio de 1892; año 49 de la Independencia y 29 de la Restauración. El Presidente.—J. M. Molina.— Los Secretarios.—Natalio Redondo. A. Andreu. Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento. Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 22 días del mes de Junio de 1892; año 49 de la Independencia y 29 de al Restauración. El Presidente de la República, U. HEUREAUX. Refrendado: El Ministro de Fomento y Obras Públicas.—Teófilo Cordero y Bidó. (1) V. núm. 3142.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona