Texto de la norma
Núm. 3183.—RESOLUCION del C. N. reconociendo al señor Bartolo Bancalari como acreedor del Estado por la suma de treinta y dos mil pesos moneda corriente.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional.—En nombre de la República.
Vista la reclamación que hace el Señor Bartolo Bancalari, por órgano de su Cónsul el Caballero Don Luis Cambiaso, contra el Gobierno Dominicano, por la suma de treinta y dos mil pesos moneda corriente, como perjuicios recibidos en el procedimiento de la compra que él hizo de una casa en la Ciudad de Samaná, y que luego se viera en el caso de concederla por mandato superior;
Considerando: Que el Poder Ejecutivo tiene derecho de establecer convenios con particulares á reserva de dar cuenta al Poder Legislativo oportunamente; y el establecido entre el Gobierno de la República y el señor Bancalari, en fecha 9 de Marzo de 1892, está en los términos legales,
RESUELVE:
Art. 1º Reconocer al señor Bartolo Bancalari como acreedor del Estado por la suma de treinta y dos mil pesos moneda corriente, que serán cancelados con el apartado destinado al pago de la Deuda llamada Extranjera, en la misma forma hasta aquí establecida.
Art. 2º La presente Resolución será enviada al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Dada en la sala de sesiones del Congreso Nacional, á los 17 días del mes de Junio de 1892; año 49 de la Independencia y 29 de la Restauración.
El Presidente.—J. M. Molina.—Los Secretarios.—A. Antreu.—Natalio Redondo.
Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento.
Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, el día 18 de Junio de 1892; año 49 de la Independencia y 29 de la Restauración.
El Presidente de la República, U. HEUREAUX.
Refrendado: El Ministro de Hacienda y Comercio.—Sánchez.
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