Texto de la norma
Núm 3172.—RESOLUCION del C. N. disponiendo que la suma de $2.248,85 que el Estado adeuda al Gral. José Rdo. Roques, le sea pagada con el apartado del 5 % destinado al pago de la acuñación de la moneda nacional.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional.—En nombre de la República.
Vista la solicitud que el General José R. Roques eleva á esta Alta Cámara, por la que pide se le mande pagar con el apartado del 5 % de recargo de los derechos de importación para la acuñación de la moneda nacional, en la misma forma que se ha hecho con otros acreedores del Estado, la suma de dos mil doscientos cuarenta y ocho pesos ochenta y cinco centavos que se le adeudan por suministros que hiciera á varios planteles de educación por cuenta del Gobierno, y la impresión del "Boletín de Debates;"
Considerando: que además de ser justas las razones del peticionario, la legalidad de los documentos no dejan otro camino á este Alto Cuerpo que el de acceder á lo solicitado,
RESUELVE:
Art. 1º La suma de dos mil doscientos cuarenta y ocho pesos ochenta y cinco centavos que se le adeudan al General José R. Roques, por suministros que hiciera á varios planteles de educación por cuenta del Gobierno, le será pagada con el apartado del 5 % destinado al pago de la acuñación de moneda nacional, después de haber el Gobierno cubierto los compromisos que por ese concepto han sido contraídos con el Banco Nacional de Santo Domingo, cobrando un interés de 1½ mensual hasta la cancelación de esta deuda,
Art. 2º La presente Resolución será enviada al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Dada en la sala de sesiones del Congreso Nacional, el 1º de Junio de 1892; año 49 de la Independencia y 29 de la Restauración.
El Presidente.—J. M. Molina.— Los Secretarios.—A. Andreu.—J. E. Santelises.
Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento.
Dado en el Palacio de Gobierno, en Santo Domingo, Capital
de la República, el día 3 de Junio de 1892; año 49 de la Independencia y 29 de la Restauración.
El Presidente de la República,
U. HEUREAUX.
Refrendado: El Ministro de Justicia, Encargado de las Carteras de Hacienda y Comercio.—Tomás D. Morales.
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