Texto de la norma
Núm. 3166.—RESOLUCION del C. N. concediendo la propiedad de dos solares situados en la población del Jovero al Coronel Juan José Santana.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional.—En nombre de la República.
Vista la solicitud elevada á este Alto Cuerpo por el ciudadano Coronel Juan José Santana, Jefe Cantonal de la costa del Jovero, pidiendo se le concedan á título de propiedad en aquel poblado dos solares que miden doce varas de frente por ocho de ancho;
Considerando: que el Estado está en el deber de premiar á los buenos servidores de la Patria,
RESUELVE:
Art. 1º Conceder en propiedad al coronel Juan José Santana, dos solares en la población del Jovero; el primero que tiene por límites al Este una casa del señor Carlos Reyes y al Oeste otra casa del señor Eduardo Morel, y el segundo en el lugar denominado la Plaza que linda al Sur con casa del señor Isidoro Leonardo, midiendo ambos doce varas de frente con ocho de ancho y el fondo correspondiente.
Art. 2º Por el H. Ayuntamiento de la Común del Seybo se le expedirán al interesado los títulos correspondientes.
Envíese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Dada en la sala de sesiones del Congreso Nacional, el 9 de Mayo de 1892; año 49 de la Independencia y 29 de la Restauración.
El Presidente.—J. M. Molina.— Los Secretarios.—Natalio Redondo.—A. Andreu.
Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento.
Dado en Santo Domingo, en el Palacio Nacional, Capital de la República, el día 21 de Mayo de 1892; año 49 de la Independencia y 29 de la Restauración.
El Presidente de la República, U. HEUREAUX.
Refrendado: El Ministro de lo Interior y Policía.—W. Figuereo.
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