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Resolución

Resolución 3061

APROBANDO EL PROTOCOLO FIRMADO ENTRE EL MINISTRO DE RR. EE. Y EL SEÑOR CONSUL DE ESPAÑA, POR EL CUAL SE RECONOCE AL SR. JOAQUIN BELTRAN LA SUMA DE $31.738,11 CTS. POR SUMINISTROS ETC. QUE HIZO A LOS G

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
27 jun de 1891fecha
Tratado o acuerdo internacionaltipo
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Sr. Cónsul de España

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
Núm. 3061.—RESOLUCION del C. N. aprobando el protocolo firmado entre el Ministro de RR. EE. y el Sr. Cónsul de España, por el cual se reconoce al Sr. Joaquín Beltrán la suma de $31.738,11 cts. por suministros etc. que hizo á los Gobiernos de 1875 á 1879 en Santiago de los Caballeros. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional.—En nombre de la República, y declarada la urgencia. Visto el protocolo firmado entre el señor Don Andrés Gómez y Pintado, Encargado del Consulado de España, y el ciudadano Ministro de Relaciones Exteriores, por el que se le reconoce al súbdito español Joaquín Beltrán, la suma de treinta y un mil setecientos treinta y ocho pesos, once centavos, con cargo á la deuda extranjera, por suministros de efectos y cantidades efectivas en Santiago de los Caballeros á los diversos Gobiernos que allí se sucedieron en los años de 1875 á 1879; Considerando: que la documentación presentada, no deja duda alguna para que se considere en justicia la reclamación, RESUELVE: 1º Aprobar en todas sus partes el reconocimiento que ha hecho el Poder Ejecutivo al señor Joaquín Beltrán, súbdito español, por la suma de $31.738,11 cts. con cargo á la deuda extranjera, por suministros hechos y cantidades dadas en efectivo en Santiago de los Caballeros á los diversos Gobiernos que se sucedieron en los años de 1875 á 1879. 2º Por la oficina correspondiente se expedirá el título de reconocimiento por la suma mencionada al señor Joaquín Beltrán 6 á quien le representare. 3º Envíese al Poder Ejecutivo para su promulgación. Dada en la sala de sesiones del Congreso Nacional, el día 26 de Junio de 1891; año 48 de la Independencia y 28 de la Restauración. El Presidente.—Julian Zorrilla.—Los Secretarios.—M. J. Jimenez.—J. E. Santelises. Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento. Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 27 días del mes de Junio de 1891; año 48 de la Independencia y 28 de la Restauración. El Presidente de la República, U. HEUREAUX. Refrendada: El Ministro de Relaciones Exteriores.—Ignacio M. González. Refrendada: El Ministro de Hacienda y Comercio.—Sánchez.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona