Núm. 3749.—RESOLUCION del P. E. sobre bonos Dominicanos.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—Ulises Heureaux.—General de División en Jefe del Ejército Nacional.—Pacificador de la Patria y Presidente Constitucional de la República.
Considerando: la necesidad de abreviar en cuantó sea posible las operaciones de emisión que deben producir los fondos que se requieren para la construcción de la línea férrea que unirá las ciudades de Santiago y Moca;
Visto el artículo 3º del convenio celebrado con la "San Domingo Finance Company of New York" para la conversión de los "Bonos Consolidados 4 por ciento 1893" y los "French American Reclamations Consols 4 por ciento 1895", en los términos y forma indicados por la Ley del Congreso Nacional de fecha 9 de Agostò de 1897;
Oído el parecer del Consejo de Secretarios de Estado,
RESUELVE:
Art. Unico: Todos los bonos que habrán de emitirse autorizados por la precitada Ley que son: "Unificados 4 por ciento". "Obligaciones oro de Santo Domingo 2¾ %" y "Bonos del Ferrocarril Dominicano 4 pór ciento" los cuales deberán ser firmados y sellados por el Ministro de Hacienda y Comercio, siéndolo además los del "Ferrocarrril Dominicano" por el de Fomento y Obras Públicas, podrán en defecto de estos funcionarios, y á fin de llenar el objeto de la presente resolución, tendiente á abreviar los procedimientos de la operación emprendida, ser firmados y sellados en Europa por el Agente Fiscal del Gobierno Dominicano Sr. Don I. Mendel.
Dada en el Palacio Nacional, en la ciudad de Santo Domingo, á los 9 días del mes de Agosto de 1897.
U. HEUREAUX.
Refrendada El Ministro de Correos y Telégrafos, encargado de los Despachos de Fomento y Obras Públicas, y de los de Hacienda y Comercio.—Sánchez.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.
Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona