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Resolución

Resolución 3630

DESIGANANDO AL NOMBRAMIENTO DE JUANICO JIMENEZ, LA PROVINCIA ESPAILLAT COMO DOMICILIO FIJO

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
28 may de 1896fecha
Nombramientostipo
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 3630.—RESOLUCION del P. E. designando al nombrado Juanico Jiménez, la Provincia Espaillat, como domicilio fijo. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—Ulises Heureaux.—General de División en Jefe del Ejército Nacional, Pacificador de la Patria y Presidente Constitucional de la República. Por cuanto, y atendiendo á que el ciudadano E. Brache hijo, á nombre y representación del nombrado Juanico Jiménez, mayor de edad, labrador, vecino del Palmar, Común de la Vega, acusado de asesinado en la persona de Félix Lizardo, condenado á muerte por aquel Tribunal y prófugo durante diez años cumplidos, solicita del Poder Ejecutivo la autorización correspondiente para que el dicho Jiménez pueda fijar su domicilio en la Provincia Espaillat, en el lugar que mejor le convenga; Vista la copia legalizada de la sentencia dictada en fecha 13 de Junio de 1885, por el Tribunal de 1ª Instancia de la Vega, de la cual apeló en tiempo, y le condena á la pena dicha, por cuya razón han transcurrido con ventaja los diez años que requiere la ley para que pueda acogerse al beneficio de la prescripción; Vistos los artículos 452 y 454 del Código de Instrucción Criminal, los cuales disponen sobre la materia; dando el primero de ellos al Gobierno la facultad de designar al interesado el lugar de su domicilio; Atendiendo: á que la suspensión de la ejecución de las sentencias apeladas, no invalida el beneficio de la prescripción establecida por la ley como un medio para librarse el inculpado, y extinguirse así tanto la condenación como las acciones que pudieran pesar sobre él; Atendiendo: á que no se ha verificado durante ese lapso de tiempo ningún acto de instrucción ni de persecución; RESUELVE: Unico: Designar, como por la presente designa, al nombrado Juanico Jimenez, condenado á muerte por el Tribunal de 1ª Instancia de la Vega, y prófugo durante más de diez años, cuya condena ha prescrito, así como toda acción que contra él pudiera dirigirse, la Provincia Espaillat, como domicilio fijo. Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los veintiocho días del mes de Mayo de 1896; año 53 de la Independencia y 33 de la Restauración. U. HEUREAUX. Refrendada: El Secretario de Estado en los DD. de Justicia é Instrucción Pública.—S. E. Valverde.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona