Texto
Texto de la norma
Núm. 3605.—RESOLUCION del P. E. autorizando al señor Dr. Domingo Adolfo Núñez y Machín á ejercer su profesión de Médico en la República.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—Wenceslao Figuereo.—General de División del Ejército Nacional, Vice-Presidente Constitucional de la República, en ejercicio de la Presidencia.
Por cuanto el señor Don Domingo Adolfo Núñez y Machín se ha dirigido al Ministerio de lo Interior y Policía en fecha 20 de Diciembre último solicitando permiso para ejercer su profesión de Doctor en Medicina; y habiéndose exhibido el título á que se contraen los artículos 40 y 41 de la Ley sobre el Juro Médico de la República; y visto el informe presentado por el Juro Médico, que acredita la legalidad de dicho Título según la práctica establecida para expedir Títulos Universitarios;
RESUELVE:
Autorizar, como por la presente autoriza, al señor Don Domingo Adolfo Núñez y Machín, para que pueda ejercer su profesión de Médico en todo el territorio de la República.
Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 28 días del mes de Enero de 1896; año 52 de la Independencia y 33 de la Restauración.
W. FIGUEREO.
Refrendada: El Ministro de lo Interior y Policía.— P. A. Lluberes.
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