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Resolución

Resolución 2888

DEL V. P. DE LA R. ACORDANDO PRIVILEGIO EXCLUSIVO AL SR. VICTORIANO PEPEN, PARA EL APARATO DE SU INVERCION QUE SIRVE PARA LA EXTRACCION DE JUGOS EFERVESCENTES DE FRUTAS Y PLANTAS, POR 15 AÑOS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
23 abr de 1890fecha
Concesióntipo
Poder Ejecutivoórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Victoriano Pepén (persona)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
Núm. 2888.—RESOLUCION del V. P. de la R. acordando privilegio exclusivo al Sr. Victoriano Pepén, para el aparato de su invención que sirve para la extracción de jugos efervescentes de frutas y plantas, por 15 años. Dios Patria y Libertad.—República Dominicana.—Manuel María Gautier.—Vice-Presidente de la República en ejercicio de la Presidencia. Por cuanto el Señor Victoriano Pepén, dominicano, domiciliado y residente en [domicilio omitido], se ha dirigido al P. E., solicitando privilegio exclusivo para el uso de un aparato de su invención que sirve para la extracción de jugos efervescentes de frutas y de plantas, y al efecto ha depositado en la Secretaría de Estado de Fomento y Obras Públicas, la descripción de dicho aparato y el plano que lo representa ; Por tanto, en uso de la facultad que me confiere el inciso 12 del artículo 51 de la Constitución, y de acuerdo con el parecer del Consejo de Secretarios de Estado, y en virtud del párrafo 2o. del artículo 1o. del Decreto del Congreso de 10 de Mayo de 1884, RESUELVO : Acordar al Señor Victoriano Pepén, privilegio exclusivo para el aparato de su invención que sirve para la extracción de jugos efervescentes de frutas y plantas ; quedando dicho aparato exento de todo impuesto fiscal ó municipal durante quince años, á partir de la fecha del presente privilegio. Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 23 días del mes de Abril de 1890; año 47 de la Independencia y 27 de la Restauración. M. M. GAUTIER. Refrendada: El Ministro de Fomento y Obras Públicas.—A. W. y Gil.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona