Texto de la norma
Núm 2882.—RESOLUCION del C. N. aceptando en todas sus partes el pliego de concesión otorgado por el P. E. en fecha 6 de Mayo de 1890, á los Sres. Juan Isidro Jimenez y Cª, de Monte Cristy, para la construcción de una Aduana y Depósito en aquel puerto.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional.—En nombre de la República.
Considerando: Que es de imprescindible necesidad el establecimiento de una Aduana y depósito, como la existencia de una balanza en todos los Puertos habilitados para el tráfico comercial con los extranjeros;
Considerando: que el movimiento comercial con el Distrito de Monte Cristy, exije que su Puerto esté dotado de los edificios necesarios para la garantía y seguridad de los intereses comerciales, como para la defensa de los fiscales,
RESUELVE:
Art. 1º Aceptar en todas sus partes el pliego de concesión
otorgado por el Poder Ejecutivo, en fecha 6 de Mayo de 1890, á los Sres. Juan Isidro Jimenez y Cª de Monte Cristy, (1) para la construcción de una Aduana y Depósito en aquel puerto.
2º Queda también aceptada la Tarifa que les ha sido concedida por el Poder Ejecutivo para el cobro de impuestos de los efectos por depósito.
3º Envíese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Dada en la sala de sesiones del Palacio Nacional, á los 19 días del mes de Mayo de 1890; año 47 de la Independencia y 27 de la Restauración
El Presidente.—Luis T. del Castillo.—Los Secretarios.—M. J. Jimenez.—M. de J. Rodríguez.
Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento.
Dado en el Palacio de Gobierno, á los 22 días del mes de Mayo de 1890; año 47 de la Independencia y 27 de la Restauración.
El Presidente de la República, U. HEUREAUX.
Refrendada: El Ministro de Fomento y Obras Públicas.—A. W. y Gil.
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