Texto de la norma
Núm. 2870.—RESOLUCION del C. N. concediendo al Sr. Jacinto de Castro, ex-Presidente de la República, el goce de los $100 que concede la Ley de Gastos públicos de 1888, á todos los que han desempeñado aquel alto puesto.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional.—En nombre de la República.
Vista la solicitud elevada á esta Alta Cámara por el ciudadano Jacinto de Castro pidiendo se le manden asignar los cien pesos que corresponden á los ciudadanos que han desempeñado la Presidencia de la República;
Considerando: que el ciudadano Jacinto de Castro según los términos de la Constitución de 1878, entró de lleno á desempeñar constitucionalmente la Presidencia de la República, en su calidad de Presidente de la Corte Suprema de Justicia,
RESUELVE:
1º Conceder al ciudadano Jacinto de Castro, ex-Presidente Constitucional de la República, el goce de los cien pesos asignados en la Ley de gastos públicos de 1888 á todos los que hayan desempeñado ese alto puesto.
2º A partir del día en que ha cesado en el desempeño de la Magistratura de la Corte Suprema de Justicia, tiene derecho el ciudadano Jacinto de Castro á percibir esta asignación, que le será liquidada por la Contaduría General de Hacienda.
3º La presente Resolución se enviará al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Dada en la sala de sesiones del Congreso Nacional, á los 5 días del mes de Mayo de 1890; año 47 de la Independencia y 27 de la Restauración.
El Presidente.—Luis T. del Castillo.—Los Secretarios.—M. J. Jimenez.—M. de J. Rodriguez.
Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento.
Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 13 días del mes de Mayo de 1890; año 47 de la Independencia y 27 de la Restauración.
El Presidente de la República,
U. HEUREAUX
Refrendado:—El Ministro de Hacienda y Comercio.—Sánchez.
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