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Resolución

Resolución 2850

DEL C. N. DISPONIENDO QUE POR LA ADMINISTRACION DE HACIENDA DE SANTO DOMINGO Y CON CARGO AL CAPITULO DE GASTOS EXTRAORDINARIOS SE PASE DIARIAMENTE AL COLEGIO DE SAN LUIS GONZAGA LA SUMA DE CINCO PESOS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
18 abr de 1890fecha
Otrastipo
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 2850.—RESGLUCION del C. N. disponiendo que por la Administración de Hacienda de Santo Domingo y con cargo al Capítulo de gastos extraordinarios se pase diariamente al Colegio de San Luis Gonzaga la suma de cinco pesos fuertes. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional.—En nombre de la República. Considerando: que es deber del primer Poder del Estado sostener la instrucción pública ensanchándola por cuantos medios estén á su alcance; Considerando: que el Colegio de "San Luis Gonzaga", que es uno de los establecimientos de instrucción más antiguo con que cuenta la República, carece desde la irreparable muerte de su fundador, el ilustre Canónigo Francisco Xavier Billini y Hernández, de recursos para su sostenimiento; Considerando: que la República no debe permitir que sucumba junto con el obrero infatigable su obra predilecta, RESUELVE: 1º Que por la Administración de Hacienda de Santo Domingo y á cargo del capítulo de gastos extraordinarios de la Ley de Gastos Públicos, se pase al Colegio de "San Luis Gonzaga" una asignación diaria de cinco pesos fuertes, cuya suma será percibida por el Rector interino, ó el que lo fuere titular de dicho Colegio. 2º Esta suma se destina solamente al sostenimiento de la mantención de los niños pobres internos en ese establecimiento. 3º La presente Resolución se enviará al Poder Ejecutivo para su promulgación. Dada en la sala de sesiones del Palacio Nacional, el 11 de Abril de 1890; año 47 de la Independencia y 27 de la Restauración. El Presidente.—Luis A. Bermúdez.—Los Secretarios.—José M. Beras.—Jaime Mota. Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento. Dado en Santo Domingo, á los 18 días del mes de Abril de 1890; año 47 de la Independencia y 27 de la Restauración. El Vice-Presidente de la República en ejercicio de la Presidencia.—M. M. Gautier. Refrendado:—El Ministro de Hacienda y Comercio.—Sánchez.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona