Texto de la norma
Núm. 2857.—RESOLUCION del C. N. estableciendo en la ciudad de La Vega la tarifa de recargo municipal que sigue para hacer un mercado público en dicha ciudad.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional.—En nombre de la República.
Vista la solicitud del Ayuntamiento de La Vega pidiendo el establecimiento de una nueva tarifa de recargos municipales;
Considerando que el producto de estos nuevos impuestos se destina á la erección de un mercado público,
RESUELVE:
1º Que desde la promulgación de este acuerdo regirá en la Ciudad de La Vega la tarifa de recargos que sigue, y que se establece para hacer, y para mientras se haga, un mercado público en la dicha Ciudad. Terminado éste, se destina á la Instrucción Pública.
2º La presente Resolución se enviará al Poder Ejecutivo para los efectos de ley.
Dada en el salón de sesiones del Palacio Nacional de Santo Domingo, á los 9 días del mes de Abril de 1890: año 47 de la Independencia y 27 de la Restauración.
El Presidente.—Luis A. Bermúdez.—Los Secretarios.—Luis Pichardo Brache.—José Mª Béras.
Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento.
Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, el día 12 de Abril de 1890; año 47 de la Independencia y 27 de la Restauración.
El Vice-Presidente de la República en ejercicio de la Presidencia.—M. M. Gautier.
Refrendado: El Ministro de lo Interior y Policía.—W. Figuereo.
TARIFA de recargo municipal para el Ayuntamiento de La Vega
IMPORTACION
Acordeones, docena $ 1.
Aguardiente, galón 5
Alcohol, idem 15
Amargo Angostura, docena de botellas 50
Anisado, galón 25
Anisete ú otro licor, en canastos 12 frascos 20
Azúcar centrífuga, quintal 25
Idem parda moscabado 12½
Idem refino, toda clase 50
Barajas de algodón, gruesa 1.50
Idem finas, idem 2.
Billar, uno 10.
Brandy ó coñac, galón 30
Idem. docenas de botellas 75
Café, quintal 1.
Cerveza, galón 15
Idem, docena de botellas 15
Champagne, docena de botellas 2.50
Cherí cordial ú otro licor fino, 12 botellas 35
Cigarrillos habanos, el ciento de cajetillas 50
Cohetes ó triquitraques, 40 paquetes 15
Dados, importación prohibida
Dominó, el juego 50
Escobas de todas clases, docena.. . . . . . . . . . . 10
Escopetas de dos cañones, una. . . . . . . . . . . . 75
Idem de un cañón, ordinarias. . . . . . . . . . . . 25
Idem de uno, idem finas. . . . . . . . . . . . . . 50
Esencia en botella ú otro envase no especificado, 50 % sobre factura.
Fósforos de cerilla, gruesa. . . . . . . . . . . . 25
Idem de peine, idem. . . . . . . . . . . . . . . 25
Frutas en frascos ó latas, docena. . . . . . . . . 35
Fulminantes de escopetas, millar. . . . . . . . . 25
Gas de 120º arriba, galón. . . . . . . . . . . . . 2
Idem menos de 120º idem. . . . . . . . . . . . . 10
Ginebra en canecas, docena . . . . . . . . . . . . . 20
Idem en frascos, docena. . . . . . . . . . . . . . 25
Idem en damezanas, galón.. . . . . . . . . . . . 10
Harina de trigo 5 % sobre derechos según ley.
Jabón común, 14 libras. . . . . . . . . . . . . . . 5
Idem perfumado, toda clase. . . . . . . . . . . . 15
Juguetes de niños, 10 % sobre factura.
Licores, ordinarios, los no especificados, docena de botellas. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25
Limonada gaseosa ó análogos. . . . . . . . . . . 50
Lotería, el juego. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50
Máscaras, docena. . . . . . . . . . . . . . . . . . 25
Medicinas de todas clases, 2¼ % sobre aforo.
Municion, quintal. . . . . . . . . . . . . . . . . . 25
Necesarios, 10 % sobre factura.
Perfumería de todas clases, docena. . . . . . . . 25
Pianos, uno. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.
Pólvora, 5 % sobre derechos según ley.
Prendas falsas, de vidrio, caucho ú otra materia 15 % sobre factura.
Idem de oro, 2 % sobre factura.
Rom, el galón. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10
Rosolio, caja de 50 topetes. . . . . . . . . . . . . 25
Sal común, 5 % sobre derechos según ley.
Sirop de todas clases, docena de botellas. . . . . . 20
Tabaco habano elaborado, millar. . . . . . . . . . 5.
Vinagre, galón. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50
Vino generoso ú otros, docena de botellas. . . . . . 75
Idem, idem, galón... .... .... ...... .... .... 25
Vino tinto, docena de botellas.... .... .... .... 15
Idem, idem, galón.... .... .... .... .... .... 5
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.