Núm. 5233.—RESOLUCION de la Cámara de Diputados que autoriza a Manuel D. Galván a ejercer el consulado de Nicaragua en la ciudad de Santo Domingo.—G. O. Núm. 2407 del 11 de Junio 1913.
LA CAMARA DE DIPUTADOS.
Vista la atribución 2ª del artículo 24 de la Constitución del Estado;
RESUELVE:
Unico: Conceder al Sr. Manuel D. Galván autorización para ejercer el cargo de Cónsul de Nicaragua en la ciudad de Santo Domingo.
Envíese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Diputados, á los 2 días del mes de junio de 1913; año 70 de la Independencia y 50 de la Restauración.
El Presidente: Octavio Beras.—Los Secretarios: Rafael Rincón.—Juan Elías Moscoso hijo.
Ejecútese, comuníquese por la Secretaría de Estado correspondiente publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento.
Dado en Santo Domingo, Capital de la República, á los 7 días del mes de junio de 1913; año 70 de la Independencia y 50 de la Restauración.
BORDAS VALDES.
El Secretario de Estado de Relaciones Exteriores: Ramón O. Lovatón.
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona