jueves, 15 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
InstitucionesQuién dirigeSolicitudesCongresoJusticiaCasosElecciones
Resolución

Resolución 4220

QUE DISPENSA EL 2º EDICTO A ADELARDO ALVAREZ PARA CASARSE CON MARIA QUINTERO.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
21 nov de 1901fecha
Otrastipo
G. O. 1424Gaceta Oficial del 1 ene de 1901
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 4220.—RESOLUCION del P. E. que dispensa el 2º edicto a Abelardo Alvarez para casarse con María Quintero.—G. O. Núm. 1424 del 30 de Noviembre 1901. JUAN ISIDRO JIMENES, Presidente Constitucional de la República. Vista la solicitud elevada al Poder Ejecutivo por órgano del Ministerio de Justicia é Instrucción Pública, por el Sr. Abelardo Alvarez, mayor de edad y natural de esta Provincia, pidiendo se le conceda la gracia de la dispensación del 2º edicto de los referentes al matrimonio y prescritos por el artículo 63 del Código Civil, para, sin esa formalidad, poder efectuar su enlace con la señorita María Quintero, natural de la Isla de Cuba. Considerando: que vienen en apoyo de la solicitud causas graves que expone el solicitante; y visto por último la prescripción contenida en el artículo 169 del mismo Código ya citado; y oído el parecer del Consejo de Secretarios de Estado; RESUELVE: Conceder la autorización solicitada por dicho Sr. Abelardo Alvarez, para que pueda contraer matrimonio con la señorita María Quintero, siempre que se cumplan todas las demás formalidades que para ese acto exige la Ley. La presente resolución será comunicada al ciudadano Oficial del Estado Civil de la Común de San Carlos para su cumplimiento. Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 21 días del mes de Noviembre de 1901; año 58º de la Independencia y 39º de la Restauración. J. I. JIMENES. Refrendada: El Secretario de Estado en los Despachos de Justicia é Instrucción Pública, interino.—Fidelio Despradel.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Instituciones y poderes

Todas las secciones →
  • InstitucionesCuánto compra cada una, a quién y sus señales
  • Quién dirige cada instituciónMinistros, directores y superintendentes, con su decreto
  • Solicitudes de informaciónQué pide la ciudadanía a cada institución y cómo responde
  • JusticiaDecisiones de las altas cortes con el Estado como parte
  • Casos en los tribunalesFuncionarios imputados, próxima audiencia y cobertura
  • EleccionesCandidaturas, electos y quién ocupa cada cargo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona