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Resolución

Resolución 4051

PERMITIENDO LA CONTINUACION DEL USO DE LOS SELLOS COLOMBINOS.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
10 sept de 1900fecha
Otrastipo
G. O. 1363Gaceta Oficial del 1 ene de 1900
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 4051.—RESOLUCION del P. E. permitiendo la continuación del uso de los sellos colombinos.—G. O. Núm. 1363 del 29 de Septiembre de 1900. JUAN ISIDRO JIMENES, Presidente Constitucional de la República. Considerando: Que vencido en esta fecha el plazo acordado para la venta de los sellos colombinos, sin que hayan llegado los de la nueva emisión votada por el Gobierno, se hace indispensable proveer á esta necesidad para que no sufra retardo el servicio público, Oído el parecer del Consejo de Secretarios de Estado, RESUELVO: Se seguirá haciendo uso legal de los sellos colombinos hasta el día en que los de la nueva emisión sean puestos á la venta pública. El Ministerio de Correos y Telégrafos queda encargado de hacer cumplir la presente resolución. Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 10 días del mes de Setiembre de 1900; año 57° de la Independencia y 38° de la Restauración. J. I. JIMENES. Refrendado: El Ministro de Correos y Telégrafos,—Eugenio Deschamps.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona