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Resolución

Resolución 3076

DEL C. N. CONCEDIENDO EN PROPIEDAD AL GRAL. JOSE RDO. ROQUES, EL SOLAR SITUADO FRENTE A LA PUERTA DE SAN DIEGO, EN LA ESQUINA QUE FORMAN LAS CALLES DE COLON Y SAN FRANCISCO

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
1 jul de 1891fecha
Otrastipo
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 3076.—RESOLUCION del C. N. concediendo en propiedad al Gral. José Rdo. Roques, el solar situado frente á la puerta de San Diego, en la esquina que forman las calles de Colón y San Francisco. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional.—En nombre de la República. Vista la instancia que eleva á este Alto Cuerpo el General José Ricardo Roques, solicitando en ella se le conceda en propiedad un solar situado frente á la puerta de San Diego, en la esquina que forman las calles de Colón y San Francisco; Considerando: que no existiendo la columna chata ni las ruinas que fueron declaradas cosas sagradas por Decreto del 31 de Enero de 1870, (1) no tiene dicho Decreto razón de ser, en su artículo 2º; Considerando: que por ley natural todo pueblo tiende á su ornato y engrandecimiento; Considerando: que el progreso se impone y que, más que un yermo ó terreno baldío é inservible, conviene un edificio, RESUELVE: Art. 1º Conceder en propiedad al General José Rdo. Roques, el solar situado frente á la puerta de San Diego, en la esquina que forman las calles de Colón y San Francisco. Art. 2º El Ciudadano Administrador de Hacienda, siguiendo los trámites legales, pondrá al General José Rdo. Roques en posesión del solar ya mencionado. Art. 3º Envíese al Poder Ejecutivo para su cumplimiento. Dada en la sala de sesiones del Congreso Nacional, el 22 de Junio de 1891; año 48 de la Independencia y 28 de la Restauración. El Presidente.—Julián Zorrilla.— Los Secretarios.—M. J. Jimenez.—J. E. Santelises. Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento. Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, el día 1º (1) V. núm. 1164. de Julio de 1891; año 48 de la Independencia y 28 de la Restauración. El Presidente de la República, U. HEUREAUX. Refrendado:—El Ministro de Hacienda y Comercio.—Sánchez.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona