Texto de la norma
Núm. 3058.—RESOLUCION del C. N. aprobando la prórroga otorgada por el P. E. á la concesión de la fábrica de velas esteáricas de esta ciudad.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional.—En nombre de la República.
Vista la solicitud del ciudadano Félix E. Soler, cesionario del señor Leopoldo de Rojas, dueño de la fábrica de velas esteáricas existente en esta ciudad, y que transcribe el ciudadano Ministro de Fomento, recomendando se le apruebe la prórroga que por cinco años más le otorgó el Poder Ejecutivo en fecha 26 de Octubre de 1890;
Considerando: Que los nuevos aparatos y procedimientos introducidos para la fabricación de las velas esteáricas, le dan título á considerarla nacional,
RESUELVE:
1º Se aprueba la prórroga á la concesión que con fecha 26 de Octubre de 1890, dispensó el Poder Ejecutivo al señor Félix E. Soler para la fabricación de sus velas esteáricas en esta ciudad, por el término de cinco años que se contarán desde el día en que perima el término de la concesión de referencia.
2º Envíese al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.
Dada en la sala de sesiones del Congreso Nacional, el 22 de Junio de 1891; año 48 de la Independencia y 28 de la Restauración.
El Presidente.—Julian Zorrila.—Los Secretarios.—M. J. Jimenez.—J. E. Santelises.
Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento.
Dado en el Palacio Nacional en Santo Domingo, Capital de la República, el 23 de Junio de 1891; año 48 de la Independencia y 28 de la Restauración.
El Presidente de la República,
U. HEUREAUX.
Refrendado: El Ministro de Fomento y Obras Públicas.—A. W. y Gil.
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