Texto de la norma
Núm. 3027.—RESOLUCION del C. N. concediendo en propiedad, al ciudadano Julián Evaristo, un área de terrenos de 50 tareas en la isleta de Engombe.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional.—En nombre de la República.
Vista la solicitud elevada á esta Cámara por el ciudadano Julián Evaristo, antiguo Oficial del Ejército de la República, pidiendo que en mérito á sus servicios le sean concedidas, á título de propiedad, cincuenta tareas de tierra que tiene en cultivo hace quince años en el lugar denominado la Isleta de Engombe;
Considerando: Que además de ser el peticionario una antiguo servidor de la República en los días de la Restauración, por su laboriosidad y honradez notoriamente conocidas, debe merecer protección del Estado,
RESUELVE:
1º Conceder á título de propiedad, al ciudadano Julián Evaristo, antiguo oficial de la República, una área de terreno de cincuenta tareas en la isleta de Engombe.
2º Envíese al Poder Ejecutivo par su cumplimiento.
Dada en la sala de sesiones del Congreso Nacional, el 29 de Mayo de 1891; año 48 de la Independencia y 28 de la Restauración.
El Presidente.—Julián Zorrilla.—Los Secretarios.—M. J. Jimenez.—J. E. Santelises.
Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento.
Dado en Santo Domingo, en el Palacio Nacional de Gobierno, Capital de la República, el día 3 del mes de Junio de 1891; año 48 de la Independencia y 28 de la Restauración.
El Vice-Presidente de la República, en ejercicio de la Presidencia.—M. M. Gautier.
Refrendada: El Ministro de Hacienda y Comercio.—Sánchez.
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