Texto de la norma
Núm. 2975.—RESOLUCION del P. E. concediendo salvo-conducto para que pueda regresar al país al expulso político José Eugenio Kunhardt.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—Ulises Heureaux.—General de División en Jefe del Ejército Nacional, Pacificador de la Patria y Presidente Constitucional de la República.
Vista la instancia que con fecha 4 del presente mes dirigiera al ciudadano Presidente de la República el señor J. E. Kunhardt, en la que solicita del Ejecutivo Nacional el permiso correspondiente para poder regresar á la Patria;
Considerando: que el peticionario nace promesa formal de no serle hostil al Gobierno, y que el estado de tranquilidad en que se encuentra el País le permite conceder la gracia que solicita;
En uso de las facultades que confiere al Poder Ejecutivo la Constitución del Estado,
SE HA RESUELTO:
Art. 1º Conceder, como por la presente se concede, al señor J. E. Kunhardt, libre y seguro salvo-conducto para que pueda regresar al seno de la Patria; debiendo efectuar su entrada por el puerto de esta Capital.
Art. 2º Los Secretarios de Estado de lo Interior y Policía y de Relaciones Exteriores, quedan encargados de la ejecución de esta resolución.
Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 10 días del mes de Diciembre de 1890; año 47 de la Independencia y 28 de la Restauración.
U. HEUREAUX.
Refrendada: El Ministro de lo Interior y Policía.—W. Figuereo.
Refrendada: El Ministro de Relaciones Exteriores.—Ignacio M. González.
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