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Resolución

Resolución 2880

DEL C. N. AUTORIZANDO AL CIUDADANO MANUEL MARIA GAUTIER, VICE-PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, PARA QUE PUEDA USAR LAS CONDECORACIONES DE CABALLERO COMENDADOR DE LA ORDEN DE SAN GREGORIO MAGNO DE LA CLASE

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
20 may de 1890fecha
Otrastipo
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 2880.—RESOLUCION del C. N. autorizando al ciudadano Manuel María Gautier, Vice-presidente de la República, para que pueda usar las condecoraciones de Caballero Comendador de la Orden de San Gregorio Magno de la clase civil, y la del Busto del Libertador Simón Bolívar, en la 1ª clase de la Orden. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional.—En nombre de la República. Vistas las solicitudes elevadas á este Alto Cuerpo por el ciudadano Manuel María Gautier, Vice-Presidente de la República, pidiendo autorización para poder usar las condecoraciones de Caballero Comendador de San Gregorio Magno de la Orden civil, y la del Busto del Libertador Simón Bolívar en la primera clase de la Orden : Considerando : que el artículo 105 de la Constitución de la República, se la concede á todo ciudadano, prévio permiso del Congreso Nacional, RESUELVE : 1º Se autoriza al ciudadano Manuel María Gautier, Vice-Presidente de la República, para que pueda usar las condecoraciones de Caballero Comendador de la Orden de San Gregorio Magno de la clase civil, y la del Busto del Libertador Simón Bolívar en la primera clase de la Orden. 2º La presente Resolución se enviará al Poder Ejecutivo para los efectos de ley. Dada en la sala de sesiones del Congreso Nacional, á los 14 días del mes de Mayo de 1890 ; año 47 de la Independencia y 27 de la Restauración. El Presidente.—Luis T. del Castillo.—Los Secretarios.—M. J. Jimenez.—M. de J. Rodríguez. Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento. Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 20 días del mes de Mayo de 1890; año 47 de la Independencia y 27 de la Restauración. El Presidente de la República, U. HEUREAUX. Refrendada: El Ministro de lo Interior y Policía.—W. Figuereo.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona