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Resolución

Resolución 2787

DEL C. N. DENOMINADO EL PUESTO CANTONAL DE GUAZA, JURISDICCION DE LA PROVINCIA DEL SEYBO, "RAMON SANTANA"

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
1 jul de 1889fecha
Otrastipo
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 2787.—RESOLUCION del C. N. denominando el Puesto Cantonal de Guaza, jurisdicción de la provincia del Seybo, "Ramón Santana". Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional.—En nombre de la República. Considerando: que nada puede haber más grande en la historia de los pueblos que el reconocimiento de gratitud hacia aquellos hombres que por su importancia política y social hayan merecido bien de la Patria, y que el General Ramón Santana fué uno de los que con fé inquebrantable é indiscutable valor, prestó importantes servicios á la causa de la Independencia Nacional, por lo cual la República debe estarle agradecida; Considerando: que el mejor medio de recompensar y hacer imperecedera la memoria de nuestros grandes hombres, para que vivan latentes sus hechos, es dar sus nombres á aquellas cosas que por su manera de ser deban conservarse, RESUELVE: Art. 1º El Puesto Cantonal de Guaza, jurisdicción de la Provincia del Seybo, se denominará en lo adelante Ramón Santana. Art. 2º La presente Resolución será enviada al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Dada en la sala de sesiones del Congreso Nacional, á los 25 días del mes de Junio de 1889; año 46 de la Independencia y 26 de la Restauración. El Presidente.—M. de J. Rodríguez.—Los Secretarios.—M. J. Jimenez.—Alcedo Andreu. Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en tódo el territorio de la República para su cumplimiento. Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, el día 1º de Julio de 1889; año 46 de la Independencia y 26 de la Restauración. El Vice-Presidente de la República en ejercicio de la Presidencia, M. M. GAUTIER. Refrendado: El Ministro de lo Interior y Policía, interino.—Federico Lithgow.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona