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Resolución

Resolución 3020

RESOLUCION DEL C.N. ACEPTANDO LAS REFORMAS IMPLANTADAS POR EL P.E. A LA CONCESION OTORGADA AL SR. EDWARD W. ABRAMS, PARA LA CONTRUCCION DE UN FERROCARRIL DE LA ROMANA AL SEYBO.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
29 may de 1891fecha
Concesióntipo
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Edward W. Abrams (persona)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
Núm. 3020.—RESOLUCION del C. N. aceptando las reformas implantadas por el P. E. á la concesión otorgada al Sr. Edward W. Abrams, para la construcción de un ferrocarril de la Rómana al Seybo. Dios Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional.—En nombre de la República. Vistas las modificaciones introducidas por el Poder Ejecu- tivo, á petición del concesionario, en el contrato celebrado para la construcción de una vía férrea de la Romana al Seybo, de cuya empresa es representante el Señor Don Edward W. Abrams, súbdito inglés; Considerando: que la realización de esa empresa, que es de gran utilidad para el país en general, depende únicamente de la acogida que dé el Congreso Nacional á las últimas reformas introducidas en el primer contrato, RESUELVE: Art. 1º Aceptar las reformas implantadas por el Poder Ejecutivo á la concesión que para el establecimiento de una vía férrea de la Romana al Seybo, celebrara en fecha 30 de Abril del año próximo pasado, (1) cuyas reformas las han sufrido los artículos 4º, 5º, 7º, 10 y 12 del contrato primitivo, según consta por el último pliego de fecha 6 de Febrero del año en curso (2) sometido por el Poder Ejecutivo al Congreso Nacional. Art. 2º Envíese al Poder Ejecutivo para su promulgación. Dada en la sala de sesiones del Congreso Nacional, el 27 de Mayo de 1891; año 48 de la Independencia y 28 de la Restauración. El Presidente.—Julián Zorrilla.—Los Secretarios—J. E. Santelises.—M. J. Jimenez. Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento. Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, el día 29 de Mayo de 1891; año 48 de la Independencia y 28 de la Restauración. El Vice-Presidente de la República, en ejercicio de la Presidencia.—M. M. Gautier. Refrendado: El Ministro de Fomento etc., interino.—Ignacio M. González. (1) V. números 2863 y 2864. (2) V. núm. 2892.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona