Texto de la norma
Núm. 2754.—RESOLUCION del C. N. votando la suma de $ 950 para la reparación del Palacio de Gobierno de Santiago de los Caballeros.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional.—En nombre de la República.
Vista la solicitud que con fecha 25 de Abril próximo pasado elevan á este Alto Cuerpo por conducto de los Diputados por Santiago de los Caballeros, un número respetable de ciudadanos de dicha ciudad, con el fin de recabar del Congreso vote una suma para ayudar á la completa reedificación del Palacio de Gobierno ubicado en aquella heroica ciudad y cabecera de Provincia;
Visto el presupuesto que acompañan, en el cual figuran dos partidas á que pueden montar los trabajos de reedificación: la primera de $ 950 si se construye la galería principal de azotea ó sea techo romano y la segunda de $ 725 si se opta por el techo de hierro galvanizado;
Considerando: que es deber ineludible del Gobierno conservar en perfecto estado los edificios que sirven para las oficinas públicas y con mayor razón cuando éstos son propiedad del Estado, como resulta con el Palacio cuya reparación se proyecta,
RESUELVE:
Art. 1º Se vota la suma de $ 950 que fija la primera partida del presupuesto indicado para la reparación del Palacio de Gobierno de Santiago de los Caballeros, y la cual se pondrá por la oficina correspondiente á la disposición del Gobernador de Santiago, con el objeto indicado, ó de la Junta que los peticionarios hayan formado para la dirección de los trabajos.
§ Esta suma se descargará de la de $ 10.000 que consigna el Presupuesto de gastos públicos en su Capítulo X y la cual se destina en parte á la reparación de edificios y fortalezas.
La presente resolución será enviada al Poder Ejecutivo, para los fines de ley.
Dada en la sala de sesiones del Congreso Nacional, á los 11 días del mes de Junio de 1889; año 46 de la Independencia y 26 de la Restauración.
El Presidente.—M. de J. Rodríguez.—Los Secretarios.—Alcedo Andreu.—M. J. Jimenez.
Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento.
Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 15 días del mes de Junio de 1889; año 46 de la Independencia y 26 de la Restauración.
El Vice-Presidente en ejercicio de la Presidencia.—M. M. Gautier.
Refrendado:—El Ministro de Fomento y Obras Públicas.—A. W. y Gil.
Refrendado:—El Ministro de Hacienda y Comercio.—Sánchez.
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