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Resolución

Resolución 2740

DEL C. N. ORDENANDO QUE POR LA CONTADURIA GENERAL DE HACIENDA SE AMORTICE LA CANTIDAD DE $17.719,45 QUE EN TITULOS DE LA DEUDA PUBLICA PRESENTA EL GENERAL TOMAS MORALES; DE ACUERDO CON LA LEY DE CONVE

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
20 may de 1889fecha
Contrato o conveniotipo
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 2740.—RESOLUCION del C. N. ordenando que por la Contaduría General de Hacienda se amortice la cantidad de $ 17.719,45 que en títulos de la deuda pública presenta el general Tomás Morales; de acuerdo con la ley de conversión y amortización de la deuda pública. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional.—En nombre de la República. Vista la comunicación del Ciudadano Ministro de Hacienda de fecha 8 del corriente mes, quien á nombre del Poder Ejecutivo recomienda á la consideración del Congreso la solicitud que el general Tomás Morales, Gobernador del Seybo, le dirige implorando la gracia de que por este Alto Cuerpo se autorice la amortización de la suma de $ 17,719,45 centavos que en título de la deuda pública acompaña, y los cuales no pudieron ser sometidos en tiempo oportuno á la última Junta Liquidadora, porque dichos documentos estaban en poder del Presidente de la República, que se encontraba ausente en aquellos días; Vistos los referidos títulos y comprobada la cantidad ya dicha; Considerando: que un caso de fuerza mayor impidió al general Tomás Morales, presentar á la Junta Liquidadora los referidos títulos de la deuda pública para ser amortizados con el 15% que determina la dicha ley, fuerza mayor comprobada por la recomendación del Ejecutivo Nacional, que recojió del Presidente de la República la declaración de ser cierto lo expuesto por el solicitante, RESUELVE: Que por la Contaduría General de Hacienda se amortice la citada cantidad de diez y siete mil setecientos diez y nueve pesos, cuarenticinco centavos, que en títulos de la deuda pública presenta el general Tomás Morales, haciendo la conversión de dicha cantidad al tipo de 15% que fija la ley de conversión y amortización de la deuda pública vigente. § La presente resolución será enviada al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Dada en la sala de sesiones del Congreso Nacional, á los 17 días del mes de Mayo de 1889; año 46 de la Independencia y 26 de la Restauración. El Presidente.—M. de J. Rodríguez.—Los Secretarios.—Alcedo Andreu.—F. García y Godoy. Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento. Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 20 días del mes de Mayo de 1889; año 46 de la Independencia y 26 de la Restauración. El Vice-Presidente de la República en ejercicio de la Presidencia.—M. M. GAUTIER. Refrendado :—El Ministro de Hacienda y Comercio.—Sánchez.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona