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Resolución

Resolución 2736

DEL C. N. APROBANDO EN TODAS SUS PARTES EL ACTO DE CONCESION OTORGADO POR EL P. E. EN FECHA 15 DE ABRIL DE 1889 A LA COMPAÑIA "SANTO DOMINGO AND SAN CRISTOBAL SHORE LINE RAILROAD"

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
6 may de 1889fecha
Concesióntipo
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
COMPAÑIA SANTO DOMINGO AND SAN CRISTOBAL SHORE LINE RAILROAD (empresa)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
1 M CjDLECCION DE LEYES, DECRETOS &.-1889. publicirndose en todo d territorio de la Repcblica para su cum- plimiento. Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la Repliblica, a 10s 4 dias del mes de Mnyo de 1889; aiio 46 de la Independencia y 26 de la Restauracihn. El Presidente de la Repiiblica, I?. HEUREAUX. Refrendado :-El Ministro de Hacienda y Comercio.-Juan Fco. SBnchez. N\im. 2736.-RESOLUCION del C. N. aprobando en todas sus partes el acto de concesi6n otorgado por el P. E. en fecha 15 de Abril de 1889 8 la Compafiia “Santo Domingo and San Cristbbal Shore Line Railroad.” Dios, Pstria y Libertad.-Reptiblica Dominicans.-El Con- greso Naciona1.-En nombre de la Reptiblica. Visto el acto de concesi6n que el Poder Ejccutivo ha otor- gado a la Compafiia “Santo Domingo and San Crist6bal Shore Line Railroad” en fecha 15 de Abril pr6ximo pasado, (1) con el prop6sito de reformar la concesi6n ya dada la misma Compa- fiia fecha 18 del mes de Julio del aAo 1887 (2) y modificada en Junio 12 de 1888; (3). Considerando: que el Estado debe presttlrle apoyo y garan- tia 6 toda empresa que tienda a mpjorar la condici6n actual de la Rep6blica como principio imprescindible para el desarrollo del proyreso ; c;onsiderando : que la pr6rroga concedida 5 la mencionada Compaiiiia para finalizar 10s trabajos da la linea ferrea es de ur- gente necesidad, puesto que el tiempo que en derecho le perte- nece no es suficiente para terminarlos segun su compromiso con el Estado; Considerando: que la garantia del 6% de referencia servira (1) V. n6m. 2728. (2) V. n\im. 2578. (3) V. ntjm. 2674. de base para facilitar las operaciones econdmicas de esa empresa y obviarle las dificultades que puedan impedir su marcha, RESUELVE : Unico. Aprobar en todas sus partes el acto de concesidn que el Poder Ejecutivo ha otorgado ii la Compafiia “Santo Domingo and San Cristdbal Shore Line Railroad,’ en fecha 15 de Abril del corriente aiio. 8 La presente Resolucih sera enviada a1 Poder Ejecutivo pa- ra 10s fines constitucionales. Dada en la Sala de sesiones del Congreso Nacional, en la ciudad de Santo Domingo, Capital de la Repiiblica, B 10s 6 dias del mes de Mayo de 1889; afio 46 de la Independencia y 26 de la Restauracih. El PFesidente.-Manuefl de J. Rodriguez.-Los Secretla- rios.-A. Andreu.-F. Garcia y Godoy. Ejeclitese, comuniquese por la Secretaria correspondiente, publiciindose en todo el territorio de la Republica para su cum- plimiento. Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la Repulblica, a 6 de Mayo de 1889; aii3 46 de la Independencia y 26 de la Restauracih. El Vice-Presidente en ejercicio de la Presidencia, Refrendado :-El Ministro de Foment0 y Obras Plib1icas.- M. M. GAUTIER. A. W. y Gil. Sum. 2737.-RESOLUCION del V. P. de la R. otorgando a1 Gral. Jose Caminero una concesidn para establecer un fe- rrocarril del Sur a1 N., y de alli a1 Noroeste de la Repliblica. Dios, Patria y Libertad.-Republics Dominicans.-Manuel Maria Gautier.-Vice-Presidente Constitucional de la Rep6bli- ca en ejercicio de la Presidencia. Por cuanto el ciudadano General Don Jose Caminero se ha dirigido a1 Poder Ejecutivo por drgano del Ministerio de Fo- mento, en fecha 8 de Mayo del corriente afio, solicitando se le otorgue concesi6n para construir un ferrocarril que partiendo

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona