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Resolución

Resolución 2727

DEL C. N. DISPONIENDO QUE DE LA SUMA VOTADA EN LA L. DE GASTOS PUBLICOS PARA SUBVENCIONAR Y CREAR PLANTELES DE ENSEÑANZA SUPERIOR, SE DESTINEN $150 MENSUALES PARA EL ESTABLECIMIENTO DE UNA ESCUELA SUPERIOR DE MONTE CRISTY

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
13 abr de 1889fecha
Otrastipo
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 2727.—RESOLUCION del C. N. disponiendo que de la suma votada en la L. de Gastos Públicos para subvencionar y crear planteles de enseñanza superior, se destinen $ 150 mensuales para el establecimiento de una escuela superior en Monte Cristy. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional.—En nombre de la República. Vista la instancia que con fecha 13 de Febrero dirige á este Alto Cuerpo el Ilustre Ayuntamiento de Monte Cristy exponiendo que: con el notable impulso dado en aquella cabecera de Distrito á la instrucción primaria, han cursado ya la mayor parte de los alumnos las materias comprendidas en el artículo 32 de la Ley General de Estudios, y que se hace por tanto de imprescindible necesidad establecer una Escuela Superior según lo prescribe el artículo 33 de la misma ley, para lo cual pide al Congreso vote la suma de $ 200 mensuales; Considerando: Que el Congreso Nacional no puede negarse á corresponder con su ayuda á los nobles propósitos del Ilustre Ayuntamiento de Monte Cristy, porque ello sería malograr los generosos esfuerzos de los que en aquel importante Distrito han dado impulso á la instrucción pública y matar las esperanzas de la juventud que se levanta ávida de saber, RESUELVE: Art. 1º Que de la suma de diez mil pesos votada en la Ley de Gastos Públicos para subvencionar y crear algunos planteles de enseñanza superior en toda la República, se dediquen ciento treinta pesos mensuales para el establecimiento de una Escuela Superior en Monte Cristy. Art. 2º La presente resolución será enviada al P. E. para los fines de ley. Dada en la sala de sesiones del Congreso Nacional, en la ciudad de Santo Domingo, Capital de la República, el día 1º de Abril de 1889; año 46 de la Independencia y 26 de la Restauración. El Presidente.—Pedro M. Garrido.—Los Secretarios.—J. E. Santelises.—J. M. Béras. Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento. Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 13 días del mes de Abril de 1889; año 46 de la Independencia y 26 de la Restauración. El Vice-Presidente en ejercicio de la Presidencia.—M. M. Gautier. Refrendada: El Ministro de Instrucción Pública.—Genaro Pérez.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona