Texto de la norma
Núm. 2724.—RESOLUCION del C. N. disponiendo que por la Administración de Hacienda de S. Pedro de Macorís se pague mensualmente á la empresa “Templo Católico” de aquella ciudad, los 5 centavos que le corresponden según contrato por cada quintal de azúcar que se exporte por aquel puerto.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional.—En nombre de la República.
Vista la instancia que con fecha 1º del corriente mes, dirige á este Alto Cuerpo el señor Isaac B. de Marchena, por sí y á nombre de la Empresa “Templo Católico de San Pedro de Macorís,” en reclamación de cinco centavos que por quintal de azúcar que se embarque por aquel puerto, le fueron concedidos por el Poder Ejecutivo al aprobar el contrato celebrado con el Ayuntamiento de dicha común en fecha 23 de Octubre del año 1885, y los cuales no puede percibir á causa del contrato de empréstito que afecta á este las rentas de la República;
Considerando: Que aunque el Gobierno, respetando los derechos adquiridos por dicha Empresa con antelación al emprés-
tito efectuado, establece en la ley de gastos públicos para el año corriente la deducción consiguiente al monto probable á que puede subir la exportación del azúcar por aquel puerto, basado en el cálculo de los cinco centavos por quintal, concedidos á la dicha Empresa, pero no la manera de pago,
RESUELVE:
Unico: Que por la Administración de Hacienda de San Pedro de Macorís, se pague mensualmente á la Empresa "Templo Católico" de aquella ciudad, que representa el señor Isaac B. de Marchena, los cinco centavos que le corresponden, según contrato, por cada quintal de azúcar que se exporte por aquel puerto.
§ Queda á cargo del ciudadano Ministro de Hacienda el cumplimiento de la presente Resolución.
Dada en la sala de sesiones del Congreso Nacional, el día 10 de Abril de 1889; año 46 de la Independencia y 26 de la Restauración.
El Presidente.—Pedro M. Garrido.—Los Secretarios.—J. E. Santelises.—J. M. Béras.
Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento.
Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á 11 de Abril de 1889; año 46 de la Independencia y 26 de la Restauración.
El Vice-Presidente de la República en ejercicio de la Presidencia.—M. M. Gautier.
Refrendado: El Ministro de Hacienda y Comercio.—Juan Fco. Sánchez.
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