Texto de la norma
Núm. 2710.—RESOLUCION del C. N. declarando cerradas sus sesiones y terminados los trabajos para que fué convocado.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional.—En nombre de la República.
Considerando: que ya este Alto Cuerpo ha conocido y resuelto todos los asuntos que le han sido sometidos por el Poder Ejecutivo, dando así cima á los trabajos objeto de su convocatoria extraordinaria,
RESUELVE:
Unico: Declarar cerradas sus sesiones y terminados los trabajos para que fué convocado.
La presente resolución será enviada al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Dada en la sala de sesiones del Congreso Nacional, en la Ciudad de Santo Domingo, Capital de la República, á los 25 días del mes de Febrero de 1889; año 45 de la Independencia y 26 de la Restauración.
El Presidente.—S. A. de Moya.—Los Secretarios.—J. S. de Castro.—F. Richiez Dicoudray.
El Consejo de Secretarios de Estado encargado del Poder Ejecutivo.
Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente,
publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento.
Dado en Santo Domingo, en el Palacio Nacional, á los 26 días del mes de Febrero de 1889; año 45 de la Independencia y 26 de la Restauración.
Refrendado:—El Ministro de Relaciones Exteriores, encargado de los Despachos de lo Interior y Policía y de los de Guerra y Marina.—M. M. Gautier.
Refrendado:—El Ministro de Fomento y Obras Públicas.—Pedro T. Garrido.
Refrendado:—El Ministro de Hacienda y Comercio.—J. J. Julia.
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