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Resolución

Resolución 3507

CONTRATO PARA LA EJECUCION DEL TECHO DE LA IGLESIA PARROQUIAL DE LA VEGA, CELEBRADO ENTRE EL CIUDADANO MINISTRO DE FOMENTO Y OBRAS PUBLICAS Y EL SR. H.R.A. GRIESER.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
28 abr de 1895fecha
Contrato o conveniotipo

Contraparte y monto

Contraparte
SR. H.R.A. GRIESER.
Monto
GBP 1,400 · en el texto: «£ 1.400»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
Núm. 3507.—CONTRATO para la ejecución del techo de la iglesia parroquial de La Vega, celebrado entre el ciudadano Ministro de Fomento y Obras Públicas y el Sr. H. R. A. Grieser. Entre el Ciudadano Ministro de Fomento y Obras Públicas, en representación del Gobierno, de una parte, y de la otra el Señor H. R. A. Grieser, en representación de los Señores Frame Alston y Ca. de Londres, se ha convenido y pactado lo siguiente: 1º El Señor H. R. A. Grieser, en su calidad expresada, se compromete á hacer construir en Glasgow y conducir hasta Sánchez, puesto á bordo, el techo de la iglesia de La Vega, según el plano y detalles depositados en la Curia de aquella ciudad y aprobados por el Gobierno en el mes ppdo., debiendo todo ser del material convenido con el Señor Grieser: dicho techo será construido en las mejores condiciones; y por él puesto y entregado en Sánchez, pagará el Gobierno la cantidad de £ 1.400 (mil cuatrocientas libras esterlinas) en la forma siguiente: una tercera parte ó sean £ 466, 13, 4 (cuatrocientas sesenta y seis libras esterlinas, trece chelines y cuatro peniques) al hacer el pedido, una tercera parte al estar listo para el embarque, y la última tercera parte al llegar al puerto de Sánchez. 2º Queda convenido entre ambas partes, que el General Don Ulises Heureaux, personalmente, asume la responsabilidad de hacer efectivo el presente convenio, si una circunstancia imprevista impidiere al Gobierno cumplirmentarlo, y al efecto firma el presente convenio. Hecho y firmado de buena fé, en doble original, en la ciudad de Santo Domingo, á diez y ocho de Abril de mil ochocientos noventa y cinco. U. HEUREAUX. CORDERO. H. R. A. GRIESER.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona