Texto de la norma
Núm. 4036.—RESOLUCION del C. N. que autoriza al Ayuntamiento del Seybo á aplicar el superavit del impuesto sobre bebidas alcohólicas, á obras de necesidad pública.—G. D. del 28 de Julio de 1900.
EL CONGRESO NACIONAL,
En Nombre de la República.
Vista la comunicación del Ayuntamiento de la Común del Seybo, de fecha 17 de los corrientes, en la que pide se le autorice á emplear en obras de perentorias necesidades públicas el impuesto que grava las bebidas alcohólicas, y el superavit correspondiente á los sueldos del Profesor Ayudante y Profesora de niñas que por falta de personal competente, estuvieron vacante en los meses de Enero, Febrero, Marzo, Abril y Mayo.
Considerando: que las razones en que aquel Ayuntamiento se apoya tienen sólido fundamento;
RESUELVE:
Artículo único. Autorizar, como por la presente autoriza al Ayuntamiento de la Común del Seybo, para que emplee en obras de perentorias necesidades públicas el impuesto que grava las bebidas alcohólicas, y el superavit correspondiente á los sueldos del Profesor Ayudante y Profesora de niñas que por falta de personal competente estuvieron vacantes en los meses de Enero, Febrero, Marzo, Abril y Mayo.
§ La presente Resolución será enviada al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Dada en en la sala de sesiones del Congreso Nacional, á los 26 días del mes de Junio de 1900; año 57° de la Independencia y 37° de la Restauración.
El Presidente.—J. J. Sánchez Guerrero.—Los Secretarios.—Dr. Morillo.—R. C. Castellanos.
Ejecútese, comuníquese por la Secretaría de Estado correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento.
Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 14 días del mes de Julio de 1900; año 57° de la Independencia y 37° de la Restauración.
El Presidente de la República,
J. I. JIMENES.
Refrendado:—El Ministro de lo Interior y Policía.—L. M. Hernández Brea.
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