Texto de la norma
Núm. 4009.—RESOLUCION del C. N. que autoriza el nombramiento de una comisión para la fijación definitiva de los límites entre las comunes de Sánchez y Samaná.—G. O. Núm. 1347 del 9 de Junio de 1900.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República.
Atendiendo: á que no están determinados los límites que separan á la Común de Sánchez de la cabecera del Distrito de Samaná;
Atendiendo: á que esa confusión origina graves inconvenientes en la administración municipal de ambas comunes.
Atendiendo: á la necesidad que hay de poner término á tan
anormal estado de cosas; en bien de los intereses de una y otra Común;
Atendiendo: á que no se ha cumplido el Decreto de este Alto Cuerpo, de fecha 31 de Mayo de 1886, en su art. 4º;
RESUELVE:
Art. 1º Se autoriza al Poder Ejecutivo á nombrar una comisión compuesta del Gobernador del Distrito, del Jefe Comunal de Sánchez y de los Presidente y Síndicos de los Ayuntamientos de las indicadas Comunes, para que convengan en la fijación de límites entre las Comunes de Sánchez y Samaná, é informen del resultado al Ministerio de lo Interior, quien, á su vez, lo hará al Congreso, para que éste proceda como convenga mejor a los intereses de ambas comunes.
Art. 2º La comisión deberá cumplir su encargo en el término de dos meses, contados de la publicación de la presente Resolución, que será enviada al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Dada en la Sala de sesiones del Congreso Nacional, á los 5 días del mes de Junio de 1900; año 57º de la Independencia y 37º de la Restauración.
El Presidente.—J. J. Sánchez Guerrero.—Los Secretarios.—Dr. Morillo.—R. C. Castellanos.
Ejecútese, comuníquese por la Secretaría de Estado correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento.
Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 7 días del mes de Junio de 1900; año 57º de la Independencia y 37º de la Restauración.
El Presidente de la República,
J. I. JIMENES.
Refrendado: El Ministro de lo Interior y Policía.—L. Mª Hernández Brea.
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