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Resolución

Resolución 5066

QUE CONCEDE A LA JUNTA DE CARIDAD PADRE BILLINI PARTE DE LAS REUNIAS DEL ANTIGUO CONVENTO DE SAN FRANCISCO

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
24 abr de 1912fecha
Otrastipo
G. O. 2291Gaceta Oficial del 1 ene de 1912
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 5066.—RESOLUCION del P. E. que concede a la Junta de Caridad Padre Billini parte de las ruinas del antiguo Convento de San Francisco.—G. O. Núm. 2291 del 27 de Abril 1912. ELADIO VICTORIA, Presidente de la República. Vista la petición que al Poder Ejecutivo hace la Junta de Caridad Padre Billini para que se le conceda la parte de las rui- nas del antiguo Convento de San Francisco, en la cual se propone construir un nuevo Asilo de dementes y un Orfelinato que respondan mejor á las necesidades presentes que los que actualmente administra, y conformes con los planos aprobados por la Secretaría de Fomento y Comunicaciones y depositados en dicha Secretaría; En uso de laas atribuciones que me concede el artículo 53, inciso 5º de la Constitución, RESUELVO: Artículo único: Conceder, como por la presente concedo, á la Junta de Caridad Padre Billini la parte de las ruinas del antiguo Convento de San Francisco, (antes concedidas al Pbro. Francisco X. Billini y Hernández) en la cual se propone construir dicha Junta un nuevo Asilo de dementes y un Orfelinato, conformes con los planos aprobados por la Secretaría de Fomento y Comunicaciones; pero sin que pueda ocupar ni utilizar nada del templo en ruinas de San Francisco, ni de la Capilla que perteneció á la Tercera Orden Franciscana. Los Secretarios de Estado en los Despachos de Hacienda y Comercio y de Fomento y Comunicaciones, se encargarán de hacer efectiva esta Resolución. Dada en Santo Domingo, Capital de la República, á los 24 días del mes de abril de 1912; año 69 de la Independencia y 49 de la Restauración. E. VICTORIA. Refrendada: El Secretario de E. de Hacienda y Comercio: Francisco A. Córdova. Refrendada: El Secretario de Estado de Fomento y Comunicaciones: Ml. de Js. Troncoso de la Concha.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona