Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales · Estado: Sobres estan abriendose
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones de este proceso. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Se rechazó el medio de inadmisión motivado en que el RJ era extemporáneo y se explica que el acto recurrido no fue eficaz porque no estableció las vías y plazos para recurrirlo y por tanto no inicio a correr el plazo. Se confirma que no tiene méritos el alegato del recurrente porque el pliego solo se requirió una cantidad mínima de estaciones que estén ubicadas en el Distrito Naciona y en la provincia Santo…
Empresas: Súper Estación On The Boulevard, S.R.L. (presentó la acción)Sunix Petroleum, SRL (adjudicataria del proceso)Súper Estación de Servicios Múltiples On The Boulevard, SRL
PRIMERO: RECHAZAR el medio de inadmisión invocado por el adjudicatario, la razón social Sunix Petroleum, S.R.L. sustentado en la extemporaneidad del recurso jerárquico presentado por la razón social Súper Estación On The Boulevard, S.R.L, toda vez que el acto recurrido no fue eficaz a la luz del artículo 11 de la Ley Núm. 107-13, y por tanto nunca inició a correr el plazo para recurrir, tal y cómo fue planteado en los párrafos 18 al 24 de esta Resolución. SEGUNDO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico presentado por la razón social Súper Estación On The Boulevard, S.R.L. contra el acto de respuesta a su recurso de impugnación titulado “resolución administrativa DJ-RI-NO. 001-2019” dictado en fecha 11 de junio de 2019 por el Comité de Compras y Contrataciones de la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales en el marco del procedimiento por Licitación Pública Nacional Núm. SISALRIL-CCC-LPN-2019-0001, llevado a cabo para la “adquisición de tickets y galones de combustible para el semestre julio-diciembre 2019” por haber sido interpuesto con las formalidades y en el plazo del artículo 67 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. TERCERO: En cuanto al fondo del recurso jerárquico presentado por la razón social Súper Estación On The Boulevard, S.R.L. se RECHAZAR sus pedimentos de anular la licitación de referencia, debido a que la SISALRIL no violó el pliego de condiciones, y en su numeral 2.8 solo requirió una cantidad mínima de estaciones para el Distrito Nacional y la provincia Santo Domingo, además de que su propuesta incluyó la menor cantidad de estaciones en comparación con los demás oferentes, y además, no es competencia de esta Dirección convocar un nuevo procedimiento, conforme a lo expuesto en el párrafo 54. CUARTO: DECLARAR que en el procedimiento de la Licitación Pública Nacional Núm. SISALRIL-CCC-LPN-2019-0001 no fue publicado en el Portal Transaccional el informe de evaluación técnica lo que incumple el mandato de transparencia y publicidad en todas las etapas del procedimiento de contratación, consagrado en el artículo 3 numeral 3 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, y artículo 6 del Decreto Núm. 350-17. QUINTO: ORDENAR a la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales: i) publicar en el Portal Transaccional en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente resolución, la gestión completa del proceso de compra y contratación, en especial, el informe pericial de evaluación de las ofertas, así como todos los documentos referidos por esta Dirección General mediante comunicación Núm. DGCP44- 2019-004660, y ii) una vez publicados dichos documentos, notificar a esta Dirección General en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles contados a partir de su fecha de publicación, que los mismos ya se encuentran cargados en el Portal Transaccional. SEXTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a las partes, la razón social Súper Estación On The Boulevard, S.R.L, a la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales, y a la razón social Sunix Petroleum, S.R.L. para su conocimiento y fines de lugar. OCTAVO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal administrado por este Órgano Rector en www.dgcp.gob.do.
| Oferente | Oferta | Entregada | Resultado |
|---|---|---|---|
| Totalenergies Marketing Dominicana, S.A.Proveedor desde 17 ago de 2011 | sin monto publicado | 15 may de 2019 | Descalificada |
| Sunix Petroleum, SRLProveedor desde 2 may de 2006 | sin monto publicado | 16 may de 2019 | Calificada |
| Sigma Petroleum Corp, SASProveedor desde 20 may de 2010 | sin monto publicado | 16 may de 2019 | Calificada |
| Súper Estación de Servicios Múltiples On The Boulevard, SRLProveedor desde 17 mar de 2006 | sin monto publicado | 14 may de 2019 | Calificada |
| Next Dominicana, SAProveedor desde 29 nov de 2006 | sin monto publicado | 13 may de 2019 | Calificada |
| PETROMOVIL, S.A.Proveedor desde 29 nov de 2005 | sin monto publicado | 16 may de 2019 | Calificada |
Todavía no hemos leído los documentos de este proceso. Los procesos de mayor monto se leen primero.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona