Cuerpo Especializado en Seguridad Aeroportuaria · Estado: Proceso adjudicado y celebrado
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones de este proceso. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Se rechaza el medio de inadmisión planteado por el Cuerpo Especializado en Seguridad Aeroportuaria y de la Aviación Civil (CESAC), por falta de objeto; se acoge en cuanto a la forma el recurso jerárquico presentado por la razón social Suferdom, S.R.L., por haber sido interpuesto conforme a las formalidades requeridas en la normativa, y, en cuanto al fondo, se acoge el pedimento de anular la “Instancia de…
Empresas: Suferdom, SRL (presentó la acción)Ofelgin Supply, SRL
PRIMERO: RECHAZAR el medio de inadmisión planteado por el Cuerpo Especializado en Seguridad Aeroportuaria y de la Aviación Civil (CESAC), por falta de objeto, pues en el caso de que esta Dirección General determinara que tenía mérito el alegato del reclamo de la razón social Suferdom, S.R.L., podía decidirse la nulidad de los actos administrativos emitidos en la etapa de evaluación de la oferta económica de la adjudicataria. SEGUNDO: ACOGER en cuanto a la forma el recurso jerárquico presentado por la razón social social Suferdom, S.R.L., contra la “Instancia de contestación al recurso de reconsideración” de fecha 8 de mayo de 2026, emitida por el Lic. Valentín De Jesus Almonte por si y por el Dr. Geraldino Zabala y el Lic. Teófilo Grullón Morales en representación del Cuerpo Especializado en Seguridad Aeroportuaria y de la Aviación Civil (CESAC), en respuesta a su recurso de reconsideración, en el marco del procedimiento por Contratación Menor Núm. CESAC-DAF-CM- 2026-0066, llevado a cabo para la “Adquisición de pinturas y materiales”, por haber sido interpuesto de acuerdo a las formalidades requeridas en la normativa. TERCERO: En cuanto al fondo del recurso jerárquico presentado por la razón social Suferdom, S.R.L., esta Dirección General decide: i. ACOGER el pedimento de anular la “Instancia de contestación al recurso de reconsideración” de fecha 8 de mayo de 2026, emitida por el Lic. Valentín De Jesus Almonte por si y por el Dr. Geraldino Zabala y el Lic. Teófilo Grullón Morales en representación del Cuerpo Especializado en Seguridad Aeroportuaria y de la Aviación Civil (CESAC), en respuesta al recurso de reconsideración de la razón social social Suferdom, S.R.L., al haberse determinado que no puede ser considerada como una respuesta válida, ya que le correspondía responder dicha acción a la Dirección Administrativa Financiera (DAF) de la institución contratante. ii. RECHAZAR el pedimento de anular el procedimiento por Contratación Menor Núm. CESAC-DAF-CM-2026-0066, llevado a cabo para la “Adquisición de pinturas y materiales”, pues no se han constatado causas que den lugar a su nulidad ya que esta Dirección General considera que no tiene mérito el alegato sobre la adjudicación a una oferta por debajo del mínimo del porcentaje del presupuesto base ya que al no haberse establecido en las especificaciones técnicas un presupuesto base para determinar la sustentabilidad de las ofertas económicas, la institución contratante no podía aplicar un parámetro objetivo previamente definido que le permitiera descartar propuestas por considerarlas anormalmente bajas. CUARTO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata: i) a la recurrente, la razón social social Suferdom, S.R.L.; ii) al Cuerpo Especializado en Seguridad Aeroportuaria y de la Aviación Civil (CESAC), y; iii) a la adjudicataria en el marco del procedimiento de referencia, la razón social Ofelgin Supply, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, www.dgcp.gob.do.
Se declara inadmisible por falta de objeto la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social Suferdom, S.R.L., tendente a suspender la ejecución del pago del procedimiento de Contratación Menor Núm. CESAC-DAF-CM-2026-0066, al verificarse que la medida perseguía suspender una etapa del procedimiento que ya había sido ejecutada, careciendo de objeto un pronunciamiento sobre el fondo de la solicitud.
Empresas: Suferdom, SRL (presentó la acción)Ofelgin Supply, SRL
PRIMERO: DECLARAR inadmisible por falta de objeto la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social Suferdom, S.R.L., tendente a suspender la ejecución del pago del procedimiento de Contratación Menor (Compra Menor Núm. CESAC-DAF-CM-2026-0066), llevada a cabo por el Cuerpo Especializado en Seguridad Aeroportuaria y de la Aviación (CESAC), para la “Adquisición de Pinturas y Materiales”, toda vez que ha quedado evidenciado que lo que se procura es la suspensión de una etapa del procedimiento ya ejecutada. SEGUNDO: ORDENAR la remisión formal de esta Resolución a las partes envueltas en el proceso: i) la razón social Suferdom, S.R.L.; ii) la razón social Ofelgin Supply, S.R.L. y iii) al Cuerpo Especializado en Seguridad Aeroportuaria y de la Aviación (CESAC), para su conocimiento y fines de lugar. TERCERO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General de Contrataciones Públicas, en www.dgcp.gob.do.
| Adjudicatario | Monto | Adjudicado | Estado |
|---|---|---|---|
| Ofelgin Supply, SRL | RD$998,870 | 22 abr de 2026 | Cerrado · contrato |
| Oferente | Oferta | Entregada | Resultado |
|---|---|---|---|
| Suferdom, SRLProveedor desde 5 dic de 2022 | RD$1,008,515 | 17 abr de 2026 | Pendiente |
| Ofelgin Supply, SRLProveedor desde 17 ago de 2021 | RD$998,870 | 23 abr de 2026 | Adjudicado |
Todavía no hemos leído los documentos de este proceso. Los procesos de mayor monto se leen primero.
ADQUISICION DE PINTURAS Y MATERIALES
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona