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El Estado bajo la lupa

Abriendo la decisión…

Justicia

Sentencia TC/0094/12

Ingeniería y Electromecánica C. por A. y Puerto Plata Electricidad C. por A. vs. Superintendencia de Electricidad

El Estado es parte
Ver la decisión original →
Tribunal
Tribunal Constitucional
Fecha
21 dic de 2012
Materia
Constitucional
Acción o recurso
Acción directa de inconstitucionalidad
Resultado
Rechaza
Expediente
TC-01-2002-0014

Partes

CalidadParte (como la publica la decisión)En Notifacto
RecurrenteIngeniería y Electromecánica C. por A.
RecurrentePuerto Plata Electricidad C. por A.
RecurridoSuperintendencia de ElectricidadSuperintendencia de Electricidad →

Lo que decidió

DECIDE: PRIMERO: DECLARAR buena y válida, en cuanto a la forma, las acciones en inconstitucionalidad incoadas por las empresas Ingeniería & Electromecánica C. x A. y Puerto Plata Electricidad C. x A., en fecha veintinueve (29) de agosto y ocho (8) de octubre del dos mil dos (2002), respectivamente, contra la Segunda Resolución del diecinueve (19) de septiembre de dos mil (2000), dictada por la Superintendencia de Electricidad, por haber sido interpuesta de conformidad con la ley. SEGUNDO: RECHAZAR, en cuanto al fondo, las referidas acciones directas en inconstitucionalidad, interpuestas por las empresas Ingeniería & Electromecánica C. x A. y Puerto Plata Electricidad C. x A., en fecha veintinueve (29) de agosto y ocho (8) de octubre del dos mil dos (2002), respectivamente ,contra la Segunda Resolución del diecinueve (19) de septiembre de dos mil (2000), dictada por la Superintendencia de Electricidad, por no haber violado el principio de igualdad, ni el principio de supremacía constitucional, y en consecuencia, DECLARA conforme a la Constitución la Segunda Resolución del diecinueve (19) de septiembre de dos mil (2000),dictada por la Superintendencia de Electricidad. Sentencia No. TC/0094/12. Expedientes No. TC-01-2002-0014 y TC-01-2002-0015, relativos a las Acciones de Inconstitucionalidad incoadas por la razón social Ingeniería y Electromecánica, C. por A. y Puerto Plata Electricidad, C. por A. contra la Resolución Segunda emitida por la Superintendencia de Electricidad, en …

Resumen

Resuelve dos acciones directas de inconstitucionalidad contra la Resolución Segunda de la Superintendencia de Electricidad (19/09/2000), que suspendió obras eléctricas de IEMCA en Juan Dolio-Guayacanes. Declara buenas en la forma pero rechaza en el fondo, al no verificar violación a la igualdad ni a la supremacía constitucional.

inconstitucionalidadigualdad ante la leytest de igualdadSuperintendencia de Electricidadconcesión exclusivasupremacía constitucionalsector eléctrico

Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.

Dónde está publicada

  • Tribunal Constitucional

Índice compilado con ChatLeyes.

Cómo leer estos datos

Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.

No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).

Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).

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Fuente: Tribunal Constitucional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona