Banco Agrícola de la República Dominicana (BAGRÍCOLA) vs. José Antonio García López y Juana Torres Rondón de García
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrente | Banco Agrícola de la República Dominicana (BAGRÍCOLA) | Banco Agrícola de la República Dominicana → |
| Recurrido | José Antonio García López | |
| Recurrido | Juana Torres Rondón de García |
DECIDE: PRIMERO: ADMITIR, en cuanto a la forma, el recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por el Banco Agrícola de la República Dominicana (BAGRÍCOLA), contra la Sentencia núm. SCJ-PS- 22-1613, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el treinta y uno (31) de mayo de dos mil veintidós (2022). SEGUNDO: RECHAZAR, en cuanto al fondo, el referido recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por el Banco Agrícola de la República Dominicana (BAGRÍCOLA), contra la Sentencia núm. SCJ-PS- 22-1613, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia, del treinta y uno (31) de mayo del dos mil veintidós (2022) y, en consecuencia, CONFIRMAR la sentencia recurrida. TERCERO: DECLARAR el presente recurso libre de costas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011). CUARTO: ORDENAR la comunicación de la presente sentencia, por Secretaría, para su conocimiento y fines de lugar, a la parte recurrente, Banco Agrícola de la República Dominicana (BANGRÍCOLA), y a la parte recurrida, señores José Antonio García López y Juana Torres Rondón de García. QUINTO: DISPONER que la presente decisión sea publicada en el Boletín del Tribunal Constitucional. Aprobada: Miguel Valera Montero, primer sustituto, en funciones de presidente; Eunisis Vásquez Acosta, segunda …
Resuelve el recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por el Banco Agrícola contra la Sentencia SCJ-PS-22-1613, que rechazó su recurso de casación en un caso de responsabilidad civil por accidente de tránsito con indemnización de RD$3,000,000. Declara admisible el recurso pero lo rechaza en el fondo, confirmando la sentencia recurrida.
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Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
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Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Tribunal Constitucional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona