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El Estado bajo la lupa

Abriendo la decisión…

Justicia

Sentencia TC/0085/14

Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (FONPER) y la Comisión para la Reforma de las Empresas Públicas (CREP) vs. Catalino Polanco

El Estado es parte
Ver la decisión original →
Tribunal
Tribunal Constitucional
Fecha
21 may de 2014
Materia
Laboral
Acción o recurso
Demanda en suspensión de ejecución
Resultado
Rechaza
Expediente
TC-07-2014-0007

Partes

CalidadParte (como la publica la decisión)En Notifacto
RecurrenteFondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (FONPER) y la Comisión para la Reforma de las Empresas Públicas (CREP)Estado
RecurridoCatalino Polanco

Lo que decidió

DECIDE: PRIMERO: RECHAZAR la solicitud de suspensión de ejecución de sentencia interpuesta por el Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (FONPER) y la Comisión para la Reforma de las Empresas Públicas (CREP), contra la Sentencia núm. 598, de fecha veintisiete (27) de septiembre de dos mil trece (2013), dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia. SEGUNDO: DECLARAR la presente solicitud de suspensión de ejecución de sentencia libre de costas, conforme a lo establecido en el artículo 7.6 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales. TERCERO: ORDENAR que la presente decisión sea comunicada, por Secretaría, para su conocimiento y fines de lugar, a la parte demandante, Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (FONPER) y la Comisión para la Reforma de las Empresas Públicas (CREP) y a la parte demandada, señor Catalino Polanco. CUARTO: DISPONER que la presente decisión sea publicada en el Boletín del Tribunal Constitucional.

Resumen

El Tribunal Constitucional rechaza la solicitud de suspensión de ejecución de la Sentencia núm. 598 de la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia, que declaró la caducidad del recurso de casación de FONPER y CREP en un proceso laboral de Catalino Polanco, por no probarse perjuicio irreparable.

suspensión de ejecuciónrevisión constitucionalcaducidad del recurso de casaciónFONPERCREPprestaciones laboralesperjuicio irreparable

Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.

Dónde está publicada

  • Tribunal Constitucional

Índice compilado con ChatLeyes.

Cómo leer estos datos

Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.

No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).

Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).

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Fuente: Tribunal Constitucional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona