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El Estado bajo la lupa

Abriendo la decisión…

Justicia

Sentencia TC/0829/24

Enver Daniel Francisco Báez, Mayte Linda Francisco Báez y Yanna Aylin Francisco Báez vs. Alexis Rodríguez Luna

Persona de interés · en verificación
Ver la decisión original →
Tribunal
Tribunal Constitucional
Fecha
19 dic de 2024
Materia
Constitucional
Acción o recurso
Demanda en suspensión de ejecución
Resultado
Rechaza
Expediente
TC-07-2024-0154

Partes

CalidadParte (como la publica la decisión)En Notifacto
RecurrenteEnver Daniel Francisco Báez
RecurrenteMayte Linda Francisco BáezPersona de interés con el mismo nombre →En verificación · coincidencia estimada 96 % Socio o titular de un proveedor del Estado. El cruce es por nombre y puede tratarse de otra persona.
RecurrenteYanna Aylin Francisco Báez
RecurridoAlexis Rodríguez Luna

Lo que decidió

DECIDE: PRIMERO: ADMITIR, en cuanto a la forma, la solicitud de suspensión de ejecución de sentencia presentada por los señores Enver Daniel Francisco Báez, Mayte Linda Francisco Báez y Yanna Aylin Francisco Báez contra: a) la Resolución núm. 00452/2020, del veinticuatro (24) de julio de dos mil veinte (2020); b) la Resolución núm. 1676/2022, del doce (12) de octubre de dos mil veintidós (2022); c) la Resolución núm. 1677/2022, del doce (12) de octubre de dos mil veintidós (2022), dictadas por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia; y, d) la Sentencia civil núm. 549-2019-SSENT-00282, del veintitrés (23) de mayo de dos mil diecinueve (2019), dictada por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santo Domingo. SEGUNDO: RECHAZAR, en cuanto al fondo, la solicitud de suspensión de ejecución de sentencia, por los motivos expuestos. República Dominicana TRIBUNAL CONSTITUCIONAL TERCERO: DECLARAR los procedimientos del presente proceso libres de costas, de conformidad con las disposiciones del artículo 7.6 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales. CUARTO: ORDENAR la comunicación de esta sentencia, por secretaría, para su conocimiento y fines de lugar, a los demandantes, señores Enver Daniel Francisco Báez, Mayte Linda Francisco Báez y Yanna Aylin Francisco Báez, y al demandado, Alexis Rodríguez Luna. QUINTO: DISPONER que la presente sentencia sea …

Resumen

Resuelve una demanda en suspensión de ejecución de sentencia presentada por los hermanos Francisco Báez contra tres resoluciones de la Primera Sala de la SCJ y una sentencia de adjudicación en embargo inmobiliario dictada a favor de Alexis Rodríguez Luna. El TC rechaza el fin de inadmisión planteado y rechaza la suspensión por no acreditarse daño irreparable ni buen derecho.

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Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.

Dónde está publicada

  • Tribunal Constitucional

Índice compilado con ChatLeyes.

Cómo leer estos datos

Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.

No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).

Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).

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Fuente: Tribunal Constitucional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona