Raisis Noemi Frolian Novas vs. Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (INAIPI)
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrente | Raisis Noemi Frolian Novas | |
| Recurrido | Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (INAIPI) | Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia → |
DECIDE: PRIMERO: DECLARAR INADMISIBLE el presente recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por la señora Raisis Noemi Frolian Novas, contra la Sentencia núm. 0030-2022-SSEN-00011, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el diecinueve (19) de enero del año dos mil veintidós (2022). SEGUNDO: ORDENAR la comunicación de esta sentencia, por secretaría, para su conocimiento y fines de lugar, a la parte recurrente, Raisis Noemi
El Tribunal Constitucional declara inadmisible el recurso de revisión constitucional contra sentencia del Tribunal Superior Administrativo que declaró improcedente un amparo de cumplimiento por desvinculación laboral del INAIPI, por no cumplirse los requisitos del artículo 96 de la Ley 137-11. Incluye voto disidente y voto salvado.
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Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Tribunal Constitucional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona