Guillermo Feliz Gómez vs. Estado dominicano, Instituto Agrario Dominicano, Dirección General de Bienes Nacionales y otros
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrente | Guillermo Feliz Gómez | |
| Recurrido | Estado dominicano | Estado |
| Recurrido | Instituto Agrario Dominicano | Instituto Agrario Dominicano → |
| Recurrido | Dirección General de Bienes Nacionales | Dirección General de Bienes Nacionales → |
| Recurrido | Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales | Estado |
| Recurrido | Ministerio de Turismo | Ministerio de Turismo → |
DECIDE: PRIMERO: INADMITIR el recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional, interpuesto por los señores Guillermo Feliz Gómez, Juan Antonio Fernández, Luis Arcadio Guevara Cuevas, Kenia Morillo Pérez, Francisco José Tejada Cabral, Idelisse Mercedes Vásquez Ortiz, Pedro Vinicio Galarza, Wilfredo Gómez Gómez, Esteban R. Ferreras Poche, Miguel Alexander Peña y Eddy Santana Pérez, Ángel Ovidio Estepan Ramírez, Yoarky Lisset Recio Samboy, Margarita Guzmán Jiménez, Rubén Y. Solano Espinal, la razón social Abastecimientos Comerciales, S.R.L., Orlando Lorenzo Gómez Gómez y Antonio Eladio Diaz Cisneros contra la Sentencia núm. 918 dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia, el veintiocho (28) de diciembre del dos mil dieciocho (2018). SEGUNDO: ORDENAR la comunicación de esta sentencia por Secretaría para su conocimiento y fines de lugar, a las partes recurrentes, Guillermo Feliz Gómez, Juan Antonio Fernández, Luis Arcadio Guevara Cuevas, Kenia Morillo Pérez, Francisco José Tejada Cabral, Idelisse Mercedes Vásquez Ortiz, Pedro Vinicio Galarza, Wilfredo Gómez Gómez, Esteban R. Ferreras Poche, Miguel Alexander Peña y Eddy Santana Pérez, Ángel Ovidio Estepan Ramírez, Yoarky Lisset Recio Samboy, Margarita Guzmán Jiménez, Rubén Y. Solano Espinal, la razón social Abastecimientos Comerciales, S.R.L., Orlando Lorenzo Gómez Gómez y Antonio Eladio Diaz Cisneros; y a la parte recurrida, Estado dominicano, Instituto Agrario Dominicano (IAD), Dirección General de …
Resuelve un recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional contra la Sentencia núm. 918 de la Tercera Sala de la SCJ (28-12-2018), que casó sin envío la sentencia del Tribunal Superior de Tierras sobre la nulidad y cancelación de certificados de títulos de la Parcela 215-A (Bahía de las Águilas, Enriquillo), vinculada a Reforma Agraria y cuota litis.
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Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Tribunal Constitucional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona