ESC GROUP S.R.L. vs. Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP)
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrente | ESC GROUP S.R.L. | |
| Recurrido | Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) | Dirección General de Contrataciones Públicas → |
Resuelve el recurso de revisión constitucional en materia de amparo en cumplimiento interpuesto por ESC GROUP S.R.L. contra sentencia del TSA que rechazó su acción de amparo contra la DGCP por negarse a actualizar su inscripción en el Registro de Proveedores del Estado como MIPYME de mujeres y proveedor único de luminarias LED. El TC acoge el recurso, revoca la sentencia recurrida por falta de motivación y ordena a la DGCP actualizar el registro con la descripción de MIPYME liderada por mujeres.
revisión constitucionalamparo en cumplimientoRegistro de Proveedores del EstadoMIPYME de mujeresproveedor únicofalta de motivaciónDGCPlibertad de empresa
Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Tribunal Constitucional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona