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Abriendo la decisión…

Justicia

Sentencia TC/0065/13

Roberto Sánchez vs. Consejo Universitario de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD)

El Estado es parte
Ver la decisión original →
Tribunal
Tribunal Constitucional
Fecha
17 abr de 2013
Materia
Constitucional
Acción o recurso
Acción directa de inconstitucionalidad
Resultado
Declara inadmisible
Expediente
TC-01-2012-0065

Partes

CalidadParte (como la publica la decisión)En Notifacto
RecurrenteRoberto Sánchez
RecurridoConsejo Universitario de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD)Universidad Autonoma de Santo Domingo →

Lo que decidió

DECIDE: PRIMERO: DECLARAR inadmisible, la presente acción en inconstitucionalidad incoada por el señor Roberto Sánchez contra la Resolución No. 2012-192, emitida el veinte (20) de julio de dos mil doce (2012) por el Consejo Universitario de la Universidad Autónoma de Santo Domingo, por no tratarse de uno de los actos o normas sujetas al control concentrado de constitucionalidad. SEGUNDO: DECLARAR el presente procedimiento libre de costas, de conformidad con las disposiciones del artículo 7.6 de la Ley Orgánica No. 137-11 del Tribunal Constitucional y los Procedimientos Constitucionales. Sentencia TC/0065/13. Expediente No. TC-01-2012-0065, relativo a la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por el señor Roberto Sánchez, contra la Resolución No. 2012-192, dictada por el Consejo Universitario de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD). Página 13 de 14 República Dominicana TRIBUNAL CONSTITUCIONAL TERCERO: ORDENAR la comunicación de la presente sentencia por secretaría a la parte accionante, el señor Roberto Sánchez;a la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), en calidad de órgano emisor de la norma; así como también a la Procuraduría General de la República. CUARTO: DISPONER su publicación en el Boletín del Tribunal Constitucional.

Resumen

El Tribunal Constitucional declara inadmisible la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por Roberto Sánchez contra la Resolución No. 2012-192 del Consejo Universitario de la UASD, que lo expulsó, por no ser un acto normativo de alcance general sujeto al control concentrado de constitucionalidad.

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Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.

Dónde está publicada

  • Tribunal Constitucional

Índice compilado con ChatLeyes.

Cómo leer estos datos

Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.

No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).

Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).

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Fuente: Tribunal Constitucional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona