Procuraduría Fiscal del Distrito Judicial de Santiago vs. José Luis Peña y Dirección General de Prisiones
El Estado es partePersona de interés · en verificación| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrente | Procuraduría Fiscal del Distrito Judicial de Santiago | Ministerio Público |
| Recurrido | José Luis Peña | |
| Recurrido | Dirección General de Prisiones | Direccion General de Prisiones → |
DECIDE: PRIMERO: ADMITIR, en cuanto a la forma, el recurso de revisión constitucional en materia de amparo y la solicitud de suspensión de ejecución de sentencia interpuesto por la Procuraduría Fiscal del Distrito Judicial de Santiago contra la Sentencia núm. 369-2016-SSEN-00050, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago el veintiuno (21) de marzo de dos mil dieciséis (2016). SEGUNDO ACOGER, en cuanto al fondo, el recurso de revisión constitucional descrito en el ordinal anterior y, en consecuencia, REVOCAR la Sentencia núm. 369-2016-SSEN-00050, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago el veintiuno (21) de marzo de dos mil dieciséis (2016). TERCERO: DECLARAR admisible, en cuanto a la forma, la presente acción de amparo interpuesta por el señor José Luis Peña, y en cuanto al fondo, RECHAZAR la indicada acción por no verificarse ninguna violación a derechos fundamentales. CUARTO: DECLARAR el presente recurso libre de costas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 72, in fine, de la Constitución y los artículos 7.6 y 66 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011). QUINTO: ORDENAR la comunicación de esta sentencia, vía Secretaría, para su conocimiento y fines de lugar, a la parte recurrente, Procuraduría Fiscal del Distrito …
Resuelve el recurso de revisión constitucional en materia de amparo interpuesto por la Procuraduría Fiscal del Distrito Judicial de Santiago contra la sentencia 369-2016-SSEN-00050, que ordenó el traslado de un interno a la Cárcel Pública de La Vega. El TC acoge el recurso, revoca la sentencia por falta de motivación, rechaza la acción de amparo y declara sin objeto la suspensión de ejecución.
revisión constitucionalamparotraslado de internosdeber de motivaciónprisión preventivadignidad humanaespecial trascendencia constitucional
Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Tribunal Constitucional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona